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Junqueras y Romeva piden al TC que suspenda su inhabilitación mientras estudia si anula la sentencia del 'procés'

16/03/2020
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El líder de ERC y expresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y el exconsejero Raül Romeva han pedido al Tribunal Constitucional que suspenda los efectos de la sentencia del Tribunal Supremo por el proceso independentista en Cataluña, es decir las condenas a 13 y 12 años de prisión y de inhabilitación absoluta, respectivamente, por los delitos de sedición y malversación, mientras estudia si anulan esta resolución.

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

Así se refleja en el recurso de amparo, de 294 páginas, presentado en el tribunal de garantías, en el que también se pide la puesta en libertad inmediata de ambos líderes independentistas. La defensa, ejercida por el equipo del abogado Andreu Van den Eynde, alega que resulta "absolutamente necesario" suspender la pena impuesta por el alto tribunal en la sentencia que se dio a conocer el 14 de octubre de 2019 porque está teniendo un "impacto" sobre todo en la "protección de los derechos a la libertad y a la participación y representación política".

En este sentido, el recurso hace hincapié en que Junqueras ha pasado ya "más de dos años en prisión" y que el 'exconseller' está cerca de rondar el mismo tiempo privado de libertad, lo que implica que ya "habrían cumplido una tercera parte de la condena".

Añade que, hasta el momento, los recursos que se han presentado contra decisiones de prisión provisional se han resuelto con una "demora cercana a los dos años", por lo que pide que se atienda a esta petición mientras se estudian las alegaciones presentadas ahora, pues llevan el mismo tiempo "sin poder ejercer de forma efectiva sus respectivos cargos". En el caso del ex vicepresidente de la Generalitat fue suspendido primero como diputado y después como europarlamentario, y Romeva como senador.

INSISTE EN QUE NO HAY RIESGO DE FUGA

Además, la defensa afirma que no existe ningún dato objetivo que avale el riesgo de fuga, pues por circunstancias personales tienen un "absoluto arraigo en la Comunidad de Cataluña". Recuerda también que es un "hecho público y notorio" que tanto Junqueras como Romeva disfrutan ya de salidas del centro penitenciario de Lledoners (Barcelona) gracias a la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

La defensa ha centrado su recurso en argumentar que la sentencia del Tribunal Supremo ha vulnerado los derechos fundamentales básicos de los condenados como los derechos de reunión y manifestación, a la libertad de expresión de ideas políticas, a la libertad ideológica, así como al derecho de participación y de representación política.

Así, para justificar la nulidad de esta resolución, el abogado Andreu Van den Eynde insiste en que Junqueras, Romeva y los otros líderes independentistas acusados por el 'procés' no podían ser juzgados debido a la inmunidad e inviolabilidad parlamentaria que les protegía.

En este sentido, afirma que el Tribunal Supremo "infringió los derechos políticos y civiles" del ex vicepresidente catalán, así como "el derecho de la Unión que protege los privilegios e inmunidades necesarios para el cumplimiento de sus objetivos", pues, según dice, ignoró la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 19 de diciembre, en la que reconoció al inmunidad parlamentaria de Junqueras, al haber sido elegido eurodiputado en las elecciones del pasado mes de mayo.

EL "EFECTO CERO" DE LA SENTENCIA DEL TJUE

En esta misma línea, Van den Eynde, reitera que, por un lado, hubiese sido necesario pedir el suplicatorio para poder proceder penalmente contra Junqueras y que la sentencia no se podía haber dictado sin conocer la decisión del tribunal europeo. "El TJUE no permite el 'efecto cero', ni tan siquiera por el dictado de una condena (*) El Tribunal Supremo no podía excepcionar el contenido y el alcance de la inmunidad que protegía al señor Junqueras y que servía a los fines últimos de la protección d ella integridad del Parlamento Europeo", destaca.

Así, también considera que la inmunidad parlamentaria de diputados y senadores también ha sido vulnerada, pues, el recurso de amparo subraya que el Supremo "en ningún caso" consideró que los acusados electos en las elecciones generales del 28 de abril "disfrutaran de inmunidad y ha procedido cómo si esta no existiera". "Ni ha tramitado el suplicatorio imprescindible para pedir la autorización de las cámaras, ni ha suspendido el proceso penal en espera del resultado de dicho suplicatorio", agrega.

El otro factor que a juicio de la defensa de Junqueras y Romeva debería haber impedido la celebración del juicio es que los hechos que han sustentado la acusación se han basado en un debate en el Parlamento de Cataluña. Por ello, entiende que no puede ser objeto ni de investigación ni de enjuiciamiento porque también está amparado por la inviolabilidad parlamentaria, en protección de la libertad ideológica, de expresión, de reunión y de representación política.

Con todo ello, el abogado Andreu Van den Eynde ruega a los magistrados del Tribunal Constitucional que si, al analizar sus motivos de impugnación, existe "alguna duda sobre la vigencia o interpretación del de derecho de Unión imprescindible para la resolución del recurso" se vuelva a acudir al TJUE.

CUATRO CUESTIONES PREJUDICIALES

En este sentido, plantea cuatro cuestiones prejudiciales. La primera de ella es sobre si el Tribunal Supremo puede rechazar la petición de las defensas de incorporar al sumario de la causa la información existente en otros procedimiento judiciales relacionados intrínsecamente con los hechos enjuiciados.

Una pregunta que formula al entender que se impidió a las defensas poder analizar dicha documentación y proponerla como prueba, mientras que las acusaciones sí que tuvieron acceso y conocimiento de ella.

La segunda cuestión versa sobre el pronunciamiento por parte de miembros del gobierno, cargos administrativos, diputados y senadores, respecto de la culpabilidad de los acusados ?durante el procedimiento; mientras que las otras dos restantes desarrollan la desatención, por parte del Tribunal Supremo, de la Sentencia del TJUE que garantizaba la inmunidad de Oriol Junqueras como europarlamentario.

Por último, el escrito presentado en el Tribunal Constitucional expone que el delito de sedición por el que han sido condenados Junqueras y Romeva es un delito "imprevisible, desproporcional y obsoleto". La defensa arguye que en falta de concreción y definición precisa de los hechos que pueden constituir la sedición, por lo que obliga al tribunal a hacer una interpretación "inédita".

En estos términos, considera que la ambigüedad en la redacción hace imprevisible el delito, ya que si es difícil determinar qué comportamientos son susceptibles de sedición, también lo es la pena que se puede imponer. Así, apunta que esto provoca una "arbitrariedad" y que las condenas de Junqueras y Romeva son desproporcionadas.

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