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El Supremo condena a 4 años de prisión al excontable del consulado español en Cantón (China)

24/02/2020
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Rebaja un año la pena impuesta por la Audiencia Nacional al considerar que no se le puede aplicar el tipo agravado de malversación

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha condenado a cuatro años de prisión al excanciller-cajero pagador del Consulado General de España en Cantón (China) Carlos Gabriel Lozoya Barbero por distraer más de 295.000 euros de las arcas públicas, cantidad que deberá devolver al Ministerio de Asuntos Exteriores.

El alto tribunal rebaja un año la pena impuesta por la Audiencia Nacional, que le condenó en agosto de 2018 con cinco años de cárcel, al entender que no se le puede aplicar el tipo agravado de la malversación previsto en la redacción anterior a la reforma de 2015 del Código Penal.

El texto previo exigía la concurrencia conjunta de la especial gravedad de la cuantía malversada y el entorpecimiento del servicio, pero el Supremo no encuentra que este último aspecto haya quedado reflejado en el relato de hechos probados, por lo que reduce a cuatro años la condena. Lozoya Barbero también es condenado a 7 años de inhabilitación absoluta para cargo o empleo público.

Este funcionario era encargado de llevar la contabilidad del Consulado General de España en Cantón (China) desde enero de 2010 hasta noviembre de 2013. Desde abril de 2012 practicó asientos contables que no coincidían con los extractos del banco en el que la representación tenía cuenta abierta.

Así durante el último año de ejercicio, en la aplicación donde se reflejaba todos los movimiento aparecían cantidades "muy superiores a lo realmente ingresado en el banco" y enviaba al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación extractos "inauténticos a fin de cuadrar aparentemente los saldos".

VISITA DE LA DIVISIÓN DE CONTROL DE ASUNTOS EXTERIORES

Las irregularidades se detectaron en diciembre de 2013 con la visita del equipo de la División de Control de la Gestión del Ministerio. Unos días antes, el consulado pidió a Lozoya Barbero, que en ese momento se encontraba de vacaciones, que para entonces tuviese la contabilidad al día y preparar la documentación necesaria; pero el acusado no regresó y remitió una baja médica por depresión.

Tras comprobar los extractos originales de la cuenta bancaria abierta en el Banco de China y compararlos con los obrantes en la contabilidad de la Representación se desveló que el acusado había ingresado menos de lo declarado hasta en once ocasiones, cuenta la sentencia de la Audiencia Nacional.

Este caso fue también estudiado anteriormente por el Tribunal de Cuentas mientras el acusado se encontraba en rebeldía. La sentencia del órgano fiscalizador, a la que acuden los magistrados de la Audiencia Nacional, y que ha sido ratificada por el Tribunal Supremo, cuantificó que desde el 27 de abril de 2012 hasta el 31 de octubre del mismo año había arqueado 295.319,30 euros de fondos públicos.

Por otro lado, el Supremo rechaza que se haya vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de Lozoya Barbero y ha avalado las pruebas periciales que constataron la distracción de fondos.

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