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  • EDICIÓN DE 08/01/2020
 
 

Bases, tipos de gravamen y cuotas tributarias de las tasas

08/01/2020
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Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 2 de enero de 2020 por la que se establece la actualización de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2020 (BOCAIB de 7 de enero de 2020) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES DE 2 DE ENERO DE 2020 POR LA QUE SE ESTABLECE LA ACTUALIZACIÓN DE LAS BASES, LOS TIPOS DE GRAVAMEN Y LAS CUOTAS TRIBUTARIAS DE LAS TASAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS PARA EL AÑO 2020

Hechos

1. Se considera conveniente publicar las cuantías actualizadas de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en vigor para el año 2020. Con ello, se consigue una mayor seguridad jurídica y se facilita el conocimiento y el cumplimiento tanto de las personas obligadas a pagar como de los centros gestores de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears encargados de exigirlas.

2. Por otra parte, la nueva distribución competencial resultante de los Decretos 12/2019, de 2 de julio, y 21/2019, de 2 de agosto, que se citan más adelante hace necesario o, como mínimo, conveniente reubicar todas estas tasas, en función de la consejería que debe exigirlos.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 39 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2020, dispone que, para este ejercicio, las cuotas fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establecidas por normas de rango legal se aumentarán en la cantidad que resulte de aplicar a la cantidad exigida durante el año 2019 el coeficiente derivado del incremento del índice de precios al consumo del Estado español correspondiente a los ejercicios de 2017 y 2018, incremento que, de acuerdo con los datos oficiales publicados por el Instituto Nacional de Estadística, es finalmente del 1,2 %.

2. La citada Ley 19/2019 modifica determinados aspectos de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre Vínculo a legislación, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de puertos, de medio ambiente, y de educación, entre otras.

3. El Decreto 12/2019, de 2 de julio Vínculo a legislación, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 21/2019, de 2 de agosto, aconseja adaptar la estructura de la presente resolución a la estructura orgánica vigente, más allá de la estructura originaria establecida en la Ley 11/1998.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Establecer la actualización de las cuantías de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en vigor, que rigen desde el 1 de enero de 2020, en los términos que se establecen en el anexo que se adjunta a esta Resolución.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 123 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 Vínculo a legislación de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Anexos

Omitidos.

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