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  • EDICIÓN DE 07/11/2019
 
 

Audiencia Provincial de Valencia

La Audiencia Provincial de Valencia condena a BBVA a devolver a una empresa lo invertido en bonos de Abengoa

07/11/2019
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La Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado una sentencia que condenaba a BBVA a devolver a una empresa los más de 158.000 euros que invirtió en bonos de Abengoa el 30 de abril de 2015, pocos meses antes de que la compañía solicitase el preconcurso.

MADRID, 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia número 27 de Valencia declaró la nulidad por vicio en el consentimiento de la orden de compraventa de Bonos Abengoa Finance y, en consecuencia, del contrato de adquisición de los bonos, condenando a BBVA a la restitución de lo pagado más los intereses legales desde la interposición de la demanda. El banco interpuso un recurso de apelación, que ha sido desestimado en su totalidad por la Audiencia Provincial, confirmando así la sentencia.

En concreto, el juez ha concluido que, dado el "perfil minorista de la parte demandante, BBVA debía asegurarse de que comprendía la naturaleza de los bonos y los riesgos asociados a su carácter complejo y de alto riesgo", según señala la resolución dictada en el caso que ha sido llevado por Durán & Durán Abogados.

Sin embargo, el banco "no ha probado" que la parte actora fuese conocedora del riesgo del producto ni que hubiese cumplido debidamente la obligación de obtener información del cliente sobre la conveniencia del producto, su situación financiera y sus objetivos de inversión, al no haber aportado los test de conveniencia e idoneidad previos a la contratación.

Tampoco consta que la entidad bancaria facilitase información previa clara y comprensible sobre el contenido del contrato y de los riesgos asociados al mismo, ni que expusiese de forma justificada las explicaciones necesarias para asegurarse que el cliente comprendía la naturaleza y riesgos de los productos a contratar.

"Esto evidencia que la representación que la parte actora podía hacerse del producto contratado no se adecuaba a la realidad de los mismos y no se ha justificado que el producto fuese el más adecuado a la finalidad perseguida por el cliente, ni consta que se realizasen simulaciones de escenarios negativos", señala la sentencia.

Por todo ello, la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso de BBVA, condenándola a restituir los 158.437,50 euros invertidos más los intereses legales desde la inversión. A esta suma se deducirán los rendimientos percibidos por la empresa demandante, incrementados con los intereses legales desde la percepción de los mismos.

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