Diario del Derecho. Edición de 24/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/09/2019
 
 

La Fiscalía archivó las 32 diligencias de investigación por delitos contra la Corona que se abrieron en 2018

10/09/2019
Compartir: 

La Fiscalía General del Estado archivó las 32 diligencias de investigación por delitos por injurias a la Corona, fundamentalmente quema de fotografías de los Reyes, que se incoaron a lo largo de 2018, año en que la actividad judicial en este ámbito se redujo de forma "drástica".

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

Así lo indica la Memoria Anual del Ministerio Público que ha presentado este lunes la fiscal general del Estado, María José Segarra, durante el acto de apertura del Año Judicial en el Tribunal Supremo, que ha estado presidido por el Rey Felipe VI.

En los delitos contra la Corona, el camino que ha seguido la Fiscalía ha sido el de incoar diligencias de investigación ante la recepción de atestados por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y autonómicos a los fines de hacer un previo juicio de los hechos que se denuncian y ver si cumplen los parámetros de la jurisprudencia.

DOCTRINA DE ESTRASBURGO

Y en el caso de 2018, todas las investigaciones que se abrieron, hasta un total de 32, fueron archivadas en aplicación de la nueva doctrina europea sobre estos hechos, la que dicta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo, "al entender que los mismos carecen de relevancia penal y no sería aceptable castigarlos penalmente".

En marzo de 2018, el TEDH dictaminó que la quema de fotografías del Rey "debe ser interpretado como expresión simbólica de una insatisfacción y de una protesta", una "forma de expresión de una opinión en el marco de un debate sobre una cuestión de interés público, a saber, la institución de la Monarquía".

Pues bien, la Fiscalía, haciendo suyas estas palabras en la Memoria Anual, sigue la doctrina marcada desde Estrasburgo y justifica el archivo de los 32 procedimientos que se abrieron el año pasado porque una actividad así se enmarca "en el ámbito de la crítica política y no personal de la institución de la Monarquía, en general, y en particular del Reino de España como nación, debiendo entenderse como una expresión simbólica de insatisfacción y protesta".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El TS da 15 días al Gobierno para cumplir la orden sobre los menores extranjeros solicitantes de asilo en Canarias
  2. Tribunal Supremo: El Tribunal Supremo da la razón a la Universidad de Granada y deniega a un profesor asociado el derecho a lucrar el complemento por actividad docente investigadora
  3. Actualidad: El TS rechaza por falta de competencia una demanda de Vito Quiles contra Puente
  4. Tribunal Supremo: Los trabajadores de Paradores de Turismo de España que reduzcan la jornada por motivos familiares y de conciliación, tienen derecho al abono del plus de distancia en el mismo importe que venían percibiendo con anterioridad a la reducción
  5. Actualidad: El Supremo pide a EEUU datos de Twitter por la causa contra 'Alvise' por difundir una PCR falsa de Illa
  6. Actualidad: El TEDH inadmite la queja "infundada" de Otegi por la revisión del 'caso Bateragune'
  7. Actualidad: La presidenta del Supremo reivindica ante los niños la labor de los jueces
  8. Estudios y Comentarios: Autónomos: ¿quién paga la red?; por Jahel Queralt, profesora lectora Serra Húnter en la Facultad de Derecho de la Universidad Pompeu Fabra
  9. Estudios y Comentarios: La constitucionalización del aborto, o el final definitivo de la lealtad constitucional; por Agustín Ruiz Robledo, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada y Visiting Professor de la BITS Law School de Bombay
  10. Tribunal Supremo: Los comuneros no pueden convocar directamente una reunión sin haber requerido previamente al presidente de la Comunidad de Propietarios

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana