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TSJC

El TSJC anula la proclamación del alcalde de Reus (Tarragona) por la fórmula de acatamiento de los concejales de CUP

03/07/2019
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado la elección y proclamación del alcalde de Reus (Tarragona), Carles Pellicer (JxCat), por la fórmula de acatamiento de tres concejales de la CUP, y ha determinado que debe repetirse.

TARRAGONA, 2 (EUROPA PRESS)

En una sentencia de este martes recogida por Europa Press, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo indica que Pellicer fue elegido en una votación en la que participaron los tres concejales de la CUP, "cuya respuesta al juramento o promesa que les fue recibido, en los términos del art. 108.8 Loreg, fue negativa".

El tribunal estima el recurso contencioso electoral promovido por el miembro de Vox Jordi Ferré y dictamina que el Ayuntamiento tendrá que realizar "una nueva elección en el plazo de tres meses".

En un comunicado, el consistorio ha informado de que convocará para este miércoles a las 16.00 horas una sesión extraordinaria y urgente del Pleno para realizar la votación y nombramiento del alcalde.

"NI JURO, NI PROMETO, SIMPLEMENTE ACATO"

Según recoge la sentencia, en el pleno del 15 de junio, los tres concejales de la CUP, Marta Llorens, Edgar Fernández y Mònica Pàmies, usaron la siguiente fórmula de acatamiento: "Ni juro, ni prometo, simplemente acato un procedimiento forzada y obligada por la Junta Electoral Central".

El TSJC considera que los tres concejales "negaron, abiertamente, jurar o prometer la Constitución, manifestando, a la sazón, que simplemente acataban un procedimiento forzados y obligados por la Junta Electoral Central".

Y añade que "la expresión 'ni juro, ni prometo' no puede resultar más concluyente, lejos de cualquier ambigüedad, consistiendo en la lisa y llana negativa a jurar o prometer acatamiento a la Constitución, siendo así que el añadido de acatar un procedimiento no tiene significado alguno".

Concluye que no se cumplió el requisito de acatamiento de la Constitución para ser concejales y que no podían participar en la votación del alcalde.

ACEPTA OTRAS FÓRMULAS

El TSJC ve correctas otras fórmulas de acatamiento de concejales de ERC y JxCat que incluían expresiones como "por imperativo legal" o que indicaban que lo hacían porque lo marcaba la ley.

Y señala que "expresiones como el compromiso con los valores de una llamada 'república catalana' no pueden sino tenerse por afirmación de adhesión a un determinado ideal, u objetivo, en el sentir y compromiso de quien las profiere, en el marco constitucional, que admite el respetuoso propósito" de su modificación dentro de los cauces legales.

Comentarios - 2 Escribir comentario

#2

Por cierto; si se pasó el plazo para tomar posesión ¿se repite el nombramiento o se repiten las elecciones? Yo creo que se deben repetir las elecciones porque de lo contrario podemos repetir el espectáculo y que nuevamente se vuelva a repetir el nombramiento nulo y así se pueden pasar todo el mandato entretenidos.

Escrito el 03/07/2019 18:06:34 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#1

Toda esta parafernalia que oscila entre la astracanada y el esperpento, y que sólo revela el complejo de inferioridad que tiene el nombrado, se acabaría si en vez de montar un acto ridiculamente litúrgico, carente de sentido hoy día, el nombrado simplemente firmara un documento como hacen los funcionarios del Estado cuando toman posesión de su cargo después de ganarlo por oposición.
La situación es equivalente; aquí lo han ganado por oposicion política.
En él texto impreso donde firma cada político nombrado su toma de posesion, ¡por supuesto quelo hace por imperativo legal porque si no firma no consta que tomara posesión!, constan todos los demás términos y las circunstancias legales que procede, según establezca la orden administrativa correspondiente.
La/el que toma posesion tiene sólo a su arbitrio tachar la palabra juro o la palabra prometo y firmar donde figura su nombre.
De este modo seeliminan los saludos al respetable, a la abuelita que tantos besos le dio cuando era pequeñito y el recuerdo del odio a su hermana porque un día le rompio un juguete y a su mamá que la estará viendo en la tele ¡o en vivo y en directo!
Todas esas manifestaciones quedan eliminadas y dentro del ámbito que le tocan; el de la más inmensa privacidad salvo que se las quiera contar al psicólogo o al psiquiatra al que le paga por oirlas. Como a los demás no nos paga, tenemos derecho a no oirlas.

Escrito el 03/07/2019 18:04:14 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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