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TC

El TC rechaza anular la sentencia sobre una sanción a Sánchez (ANC) en la que se eliminó un párrafo del voto particular

19/06/2019
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El Tribunal Constitucional ha acordado este martes por unanimidad inadmitir a trámite el incidente de nulidad presentado por el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana Jordi Sànchez, juzgado por el 'procés' independentista, contra la sentencia en la que se inadmitió su recurso de amparo contra una sanción que le impuso el centro penitenciario de Soto del Real (Madrid). Esta sentencia contaba con un voto particular discrepante de tres magistrados que eliminaron un párrafo que podría resultar favorable al líder independentista.

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha dictado una providencia en la que señala que la "jurisprudencia constitucional reiterada" establece que contra las sentencias del tribunal de garantías "no cabe recurso alguno" y todo ello de conformidad al artículo 164.1 de la Constitución Española y al 93.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional . "Por ello, no pueden ser dejadas sin efecto", añade.

Tras conocer que los magistrados Fernando Valdés, Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer, todos ellos situados en el sector más progresista de este órgano, habían modificado el texto emitido, la defensa de Sánchez mostró su "estupor" por lo ocurrido y decidió presentar un incidente de nulidad de las actuaciones.

Ante esto el tribunal explica que la única posibilidad es "proceder a su aclaración o a rectificar errores materiales (artículo 267.1 Ley Orgánica del Poder Judicial), que es lo que sucedió en este caso por medio del escrito de 4 de junio de 2019 contra el que el recurrente pretende promover incidente de nulidad de actuaciones".

RECURSO "EXTEMPORÁNEO"

Sánchez, en prisión preventiva desde el 16 de octubre de 2017, acudió al TC después de que le fuera confirmada una sanción impuesta por el centro penitenciario en febrero de 2018 que le privó de paseos y actos recreativos comunes durante un mes por grabar y difundir un mensaje antes de las elecciones en Cataluña celebradas dos meses antes. El tribunal inadmitió su recurso por haberse presentado fuera de plazo.

En esa sentencia aparecía el voto discrepante de los tres magistrados progresistas, en cuyo punto 7 se decía expresamente que la decisión de la mayoría de inadmitir el recurso de Sánchez por "extemporaneidad" se adoptó en contra de la jurisprudencia del propio TC "para evitar que este tribunal tuviera que pronunciarse sobre el fondo de los derechos fundamentales" invocados por el preso.

"A buen seguro, en conciencia de que se hubiera tratado de un pronunciamiento estimatorio" añadían, apuntando el hecho de que la conducta del preso el 3 de diciembre no pudo suponer una desobediencia a una concreta orden judicial que fue firmada 11 días después.

No obstante, los tres magistrados eliminaron este párrafo de su voto particular aludiendo al artículo 267.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Fuentes del tribunal de garantías consultadas por Europa Press señalaron entonces que el texto eliminado formaba parte "de un proyecto inicial que no respondía a la voluntad de los redactores del voto ni a lo que fue objeto de la deliberación en el Pleno y que fue erróneamente firmado".

Asimismo, señalaron que los votos particulares son responsabilidad de quienes los suscriben, quienes son dueños de lo que ponen y quitan de los mismos, aunque, en todo caso, lo ocurrido "no es muy habitual".

CUÑAS PUBLICITARIAS PARA LAS ELECCIONES CATALANAS

El exlíder de la ANC, para quien Fiscalía pide 17 años de prisión por el delito de rebelión, mantuvo una comunicación telefónica el 3 de diciembre de 2017 con Nuri Guillaumes, extesorera de la asociación, con el objetivo de extraer unas cuñas que después fueron emitidas en la campaña electoral.

Instituciones Penitenciarias consideró que se había saltado las normas que son comunes para todos los internos y le prohibieron la comunicación con esta interlocutora, le cambiaron de módulo del mismo centro penitenciario, además de la prohibición recurrida ante el TC.

El mensaje de Jordi Sànchez fue su primera aparición en la campaña de JxCat para las elecciones del 21 de diciembre de 2017. Pedía, entre otras cosas, votar a la candidatura de Carles Puigdemont (de la que él era 'número dos') para derrotar lo que representaba el expresidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y sus "tontos útiles", en alusión a los defensores de la Constitución y contrarios a la proclamación de la República catalana por medio de un referéndum prohibido por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y declarado ilegal por el Tribunal Constitucional.

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