MADRID, 16 (EUROPA PRESS)
Así, la sentencia señala que "la expresión de una opción política teórica por el modelo esloveno, puede parecer disparatada, irritante e imprudente en Cataluña, pero queda amparada por la libertad de expresión y, aún más en el contexto de la retórica con la que algunos políticos se expresan ante los medios de comunicación, pues es evidente que la expresión de opiniones goza de un mayor margen de libertad que encuentra su único límite en la protección del honor y de la integridad moral frente a la burla, el escarnio o la degradación intolerables".