LA TIRANÍA DE LA IGNORANCIA
La caza de brujas a la que está queriendo someter el Gobierno a los médicos objetores del aborto se sitúa en el ámbito de la más absoluta ignorancia y de la tiranía propia de quien no admitiría una actuación similar para sí mismo, sin buscar un fin último que beneficie al bien común, sino dejar en evidencia y tener ubicados y estigmatizados a los disidentes. Por ignorancia nos referimos a un error que se arrastra desde la norma que legalizaría el aborto en España (y sus reformas posteriores), la Ley Orgánica 2/2010 de 3 de marzo, por la que el aborto pasó de una despenalización en tres supuestos preestablecidos a una legalización por legislación de plazos. Esta ley se reformó en febrero de 2023, incluyendo la creación del registro de objetores. No podemos olvidar que la objeción de conciencia forma parte del derecho fundamental a la libertad ideológica que recoge el artículo 16 de la Constitución.
Como reconoció nuestro Tribunal Constitucional, esta conexión entre objeción de conciencia y libertad ideológica no requiere una actuación posterior del legislador para que pueda ejercerse de manera legítima: el principio general de la objeción de conciencia (en la sentencia relativa al servicio militar, ver STC 15/1982 de 23 de abril) existe y no es necesario ningún desarrollo legislativo posterior. El artículo 16.1 de la Constitución lo dice todo, y el resto de su articulado, también.
Así es. Dicha disposición -artículo 16.2- establece que “nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias”. La ratio de dicha negativa radica precisamente en evitar aquello que promueve con insistencia la ministra de Sanidad, obligar a declarar e identificar públicamente a los médicos que no se quieran prestar a una de las mayores incoherencias de nuestra sociedad: acabar en origen con vidas humanas, en el estado más indefenso y vulnerable de su desarrollo. Ante situaciones de conciencia, la mejor respuesta, si debiera haber alguna en su caso, es el silencio y el respeto. Pero eso de respetar al otro, a las instituciones, o a los poderes del Estado, no es frecuente últimamente en este país.
La objeción de conciencia en el ámbito sanitario fue reconocida por el Tribunal Constitucional en cuanto al aborto en su sentencia 53/1985 de 11 de abril, y en el ámbito farmacéutico en su sentencia 412/2015 de 25 de junio, para los anticonceptivos abortivos (píldora del día después). En ambos casos, dicha objeción permite a un profesional sanitario rechazar por motivos personales realizar actos médicos abortivos o vender medicamentos que provoquen abortos, incluso cuando una ley reconozca su legalidad.
Si el principio general de la objeción de conciencia está reconocido ‘per se’ por la Constitución y se sitúa en el núcleo más sólido en materia de derechos fundamentales de primera generación (como es nuestro Capítulo Segundo, artículos 14 a 29), ¿cómo es posible que una ley, aun cuando sea orgánica, pueda venir a contradecir el contenido de una disposición constitucional, que además se sitúa en uno de los catálogos de derechos fundamentales más completos y admirados? ¿Cuál es la verdadera finalidad de la existencia de un registro de objetores?, ¿censar la conciencia de los ciudadanos? ¿Es esto constitucional? En nuestra opinión, no lo es.
Tratemos de aportar una solución y un consenso a una de las cuestiones más complejas y a la vez incoherentes de la sociedad actual: la dimensión del aborto, por muy legalizada que se quiera su práctica. Durante siglos la esclavitud también fue legal, incluso un signo público de estatus social. En lugar de insistir en dificultar la labor de los profesionales sanitarios objetores del aborto y de ir en contra de quienes no lo ven como una opción, tal vez se debiera poner más énfasis en una completa educación sexual y reproductiva, basada de veras en la salud de las mujeres y de los hombres (también participan), en el funcionamiento biológico de ambos, en sus hábitos de vida, en una sexualidad sana y plena, sin entrañar riesgos innecesarios. Todo ello respetando los principios, creencias y valores de cada uno. Solo así podremos aportar algo de luz a una de las prácticas de las que, en mi opinión, menos orgullosos -o nada- se pueden sentir las sociedades contemporáneas.



















