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El Supremo rechaza una querella de Vox contra el presidente del TC por "colaborar" con el Gobierno en la amnistía

20/11/2025
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El Tribunal Supremo ha rechazado por ausencia de delito una querella de Vox contra el presidente del Tribunal Constitucional (TC), Cándido Conde-Pumpido, al que acusaba de "colaborar" de forma secreta con el Gobierno para redactar la ley de amnistía al 'procés'.

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

A través de un auto, recogido por Europa Press, la Sala de lo Penal del Supremo inadmite la querella contra Conde-Pumpido por presuntos delitos de prevaricación judicial, prevaricación administrativa y cohecho, que Vox después amplió para incluir a los magistrados progresistas del TC Inmaculada Montalbán, Ramón Sáez, Laura Díez, María Luisa Segoviano y María Luisa Balaguer.

Los magistrados se oponen, con el visto bueno de la Fiscalía, a admitir la querella "por no revestir los hechos en que se fundamenta carácter de delito".

El partido se querelló el pasado junio contra el presidente del Constitucional por su "manifiesta vinculación e intervención" en la elaboración de la ley que perdonó el proceso independentista catalán.

Asimismo, Vox mencionaba que existía causa para la abstención de Conde-Pumpido y, sin embargo, participó "en la deliberación y fallo del recurso de inconstitucionalidad".

Los magistrados del Supremo relatan que el partido de Santiago Abascal denunciaba que Conde-Pumpido habría "colaborado en secreto" con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para elaborar la proposición de ley orgánica de amnistía que por el PSOE registró en el Congreso y "maniobras del querellado para blindar la ley de amnistía".

Pero replican que todos los intervinientes en los distintos procesos han tenido a su disposición los mecanismos legales para proceder a la recusación de los magistrados de los que dudaran de su imparcialidad.

Y apoyándose en la opinión de la Fiscalía, consideran que "cuesta, además, entender la base de la imputación de prevaricación que se realiza cuando se construye con base a una resolución dictada por el Pleno del Tribunal Constitucional y no en exclusividad por la persona contra la que se dirige la querella".

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