MADRID, 1 Abr. (EUROPA PRESS) -
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, anula el decreto 57/2016 que amplía la Zona de Especial Protección para las Aves en esta laguna, al considerar "acreditado", según la abogada que ha llevado el caso, Pilar Martínez, una falta de rigor y fundamento técnico-científico en la "desmesurada e injustificada ampliación de esta figura Red Natura, que afectó incluso al interés superior del Estado en el correcto almacenamiento de residuos nucleares, como infraestructura de interés medioambiental y para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por España en la materia".
Martínez presentó la correspondiente documentación aportada por el catedrático y doctor en ingeniería, Domingo Gómez Orea, y la consultora Melissa.
La abogado medioambiental defendió a un propietario del terreno afectado por las limitaciones y restricciones imponía a sus propiedades e intereses la extensión de la figura de protección de 1.000 a 25.000 hectáreas, y la sentencia ha estimado su petición con condena en costas para la Junta de Castilla-La Mancha, que deberá pagar 3.000 euros.
La administración autonómica alegó que había perdido el expediente entregado para contestar la demanda por lo que se tuvo que reconstruir con el que constaba en otros procedimientos judiciales. Sin embargo, Martínez destaca que este hecho no ha impedido el examen del fondo por parte del Tribunal pero, de acuerdo con la ley, limita la capacidad de actuación de la Junta, que no puede introducir cuestiones nuevas, lo que, desde nuestro punto de vista, "tiene incidencia en la posibilidad de recursos". De este modo la abogada especialista considera que no es posible que la Junta de Castilla-La Mancha presente nuevos recursos.
Así, añade que la pretensión de ampliar la protección medioambiental en la Laguna de el Hito para impedir la ubicación del ATC en Villar de Cañas fue una resolución "polémica y gravosa" para las personas, empresas y administraciones, tanto del propio municipio como de los alrededores.
En la actualidad hay una primera sentencia favorable que está pendiente del recurso de casación ante el Tribunal Supremo y otra con dos recursos acumulados, que también está pendiente de salir, interpuesta por varios ayuntamientos y la asociación de afectados bajo la dirección del despacho especializado en medioambiente.