Diario del Derecho. Edición de 09/05/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/04/2019
 
 

TS

El Supremo admite recursos de los Colegios de Arquitectos contra el cambio de nombre del grado de Universidad de Sevilla

01/04/2019
Compartir: 

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) ha estimado dos recursos interpuestos por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos contra una sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y una resolución de la Universidad de Sevilla que aprobaban y ratificaban el cambio de nombre del título de Graduado en Ingeniería de Edificación por la Universidad de Sevilla por Graduado en Ciencia y Tecnología de Edificación por la Universidad de Sevilla (US).

SEVILLA, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -

En la sentencia, fechada el 18 de marzo y a la que ha tenido acceso a Europa Press, el TS estima el recurso del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo de Sevilla del TSJA en el que desestimaba el recurso de la entidad colegial contra la resolución de la US que acordaba el cambio de nombre del título universitario.

Asimismo, el fallo estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos contra la resolución referida en la que se aprueba el cambio de nombre del título de Graduado en Ingeniería de Edificación por la Universidad de Sevilla por Graduado en Ciencia y Tecnología de Edificación.

De esta manera, la Sala del Supremo anula la sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo de Sevilla del TSJA ya que no "da respuesta" a la alegación referida por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos "a la falta de competencia de Universidad de Sevilla para acordar el cambio de denominación de un título universitario respecto de los que dan acceso al ejercicio de profesiones reguladas".

Además, la sentencia anula la resolución de la Universidad de Sevilla con la que se aprueba el cambio del título universitaria al ser "contraria a derecho" toda vez que "la denominación de un título oficial, máxime cuando éste habilite para el ejercicio de una profesión regulada, tiene una importancia capital", pues con ella "se identifica la superación de unos determinados estudios y la capacitación técnica y profesional de quien lo ostenta frente a la sociedad, con importantes consecuencias jurídicas".

En esa línea, el Supremo ha sostenido "en una jurisprudencia reiterada, la importancia que tienen la denominación, tanto de títulos como de los colegios profesionales referidos al ejercicio de profesiones reguladas, anulándolos cuando inducen a confusión sobre la identificación de la profesión, para cuyo ejercicio habilita, o sobre sus efectos profesionales".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Hércules Poirot señala al Gobierno y Red Eléctrica por el gran apagón; por Agustín Ruiz Robledo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada
  2. Estudios y Comentarios: La misión de León XIV; por Rafael Navarro-Valls, catedrático y presidente de la Unión Internacional de Academias Jurídicas Iberoamericanas
  3. Tribunal Supremo: El TS se pronuncia sobre el valor del informe emitido en un recurso administrativo, interpuesto frente a la adjudicación de una plaza, su contenido y competencia para suscribirlo
  4. Actualidad: El Supremo da la razón a Triodos Bank al no apreciar déficit informativo en la comercialización de sus CDA
  5. Actualidad: El TS rechaza investigar a Pedro Sánchez por usar a la Abogacía del Estado para querellarse contra el juez Peinado
  6. Tribunal Supremo: Los trabajadores que realizan su actividad a través del sistema de teletrabajo no están obligados a aportar a la empresa su correo electrónico personal
  7. Actualidad: El Tribunal Supremo archiva de forma definitiva la querella por genocidio contra varios dirigentes del Frente Polisario
  8. Actualidad: La AN absuelve a la excúpula de Sa Nostra por la inyección de capital en una inmobiliara durante la crisis
  9. Actualidad: Ratificada la absolución de la madre de los niños de 2 y 4 años que andaban solos por Soria y dieron positivo en cocaína
  10. Estudios y Comentarios: El Derecho de Defensa, en el corazón de Europa; por Salvador González Martín, presidente del Consejo General de la Abogacía Española

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana