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La Audiencia Nacional reconoce que existe "riesgo cierto" de vulneración de derechos de personas detenidas en Venezuela

25/02/2019
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El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado paralizar la extradición de tres venezolanos reclamados por la justicia de aquel país en relación a diversos delitos económicos al entender, basándose en informes de instituciones, organismos y ONG, que existe "riesgo cierto" de que en Venezuela se vulneren los derechos fundamentales de personas en esta situación.

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

Se trata de tres pronunciamientos en relación a la entrega que reclamaba Venezuela a España del exjefe de seguridad de Hugo Chávez Adrián José Velásquez; la esposa de éste, Claudia Patricia Díaz Guillén -que fue enfermera del fallecido presidente venezolano--; y José Ramón Sánchez Rodríguez, excontable de Petróleos de Venezuela SA (PDVSA).

Los tres, afines al régimen de Chávez, son ahora reclamados por su sucesor, Nicolás Maduro, acusados de blanqueo y enriquecimiento ilícito y los tres se opusieron a la extradición alegando que serían perseguidos y torturados. En dos de los casos la Audiencia Nacional acordó la entrega y en un tercero, la rechazó, discrepancia de criterio que motivó una reunión del Pleno de la Sala de lo Penal el pasado 8 de febrero.

"No se puede negar que en el debate han surgido aspectos de carácter político", explica el Pleno en una de las sentencias, en la que apunta que si bien la jurisprudencia dice que "la alegación genérica sobre la vulneración de los derechos humanos" no es suficiente para evitar una extradición, "la situación de crisis que se da en estos momentos en Venezuela" sí basta como argumento.

La Sala se basa en informes de organismos internacionales a los que pertenece España, como la Comisión Europea o el Parlamento Europeo y la ONU, de ONG como Amnistía Internacional y de otras instituciones como la Organización de Estados Americanos, cuyas resoluciones arrojan un diagnóstico que funda el temor alegado a sufrir tratos inhumanos y degradantes bajo custodia venezolana.

"Consideramos que existen fundamentos suficientemente sólidos como para indicar que el régimen existente en Venezuela no respeta los Derechos Humanos de quienes discrepan de él", dice el Pleno, si bien en puridad no se trata de tres opositores, sino de personas que trabajaron bajo mandato de Hugo Chávez y a quienes su sucesor, Nicolás Maduro reclama por delitos de blanqueo de capitales y enriquecimiento ilícito.

En todo caso, el Pleno entiende que "no se debe ignorar la existencia de injerencias gubernamentales en el sistema judicial, en particular en lo que se refiere al nombramiento de los más altos cargos", los mismos que reclamaban a estas personas.

TORTURA EN EL SERVICIO DE INTELIGENCIA

En el caso concreto de la enfermera, apunta además que la investigación seguiría a cargo del Servicio de Inteligencia Nacional, "sobre el que pesan multitud de denuncias internacionales sobre sus prácticas de tortura", argumento que el Pleno sustenta en diversos pronunciamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos alertando sobre situaciones de "gravedad y urgencia" de personas bajo custodia de este cuerpo policial.

El magistrado Enrique López, en un voto concurrente al que se han sumado Concepción Espejel, Clara Bayarri y Manuela Fernández Prado, añade además que el relato de los hechos que expone el Gobierno de Venezuela para solicitar la extradición de Díaz Guillén es "tan vago y genérico que impide que pueda ni tan siquiera ser tenido en cuenta para describir la necesaria actividad criminal en el delito de blanqueo de capitales" que se le imputa.

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