Diario del Derecho. Edición de 25/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 20/02/2019
 
 

Sentencia del TSJCyL

Sanidad recurrirá al Supremo la sentencia que anula la oposición de medicina de familia

20/02/2019
Compartir: 

La Consejería de Sanidad ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), con sede en Valladolid, que anula unas oposiciones de 2016 para cubrir 260 plazas de médico de familia después de que se anulasen 17 de las 90 preguntas formuladas.

VALLADOLID, 19 Feb. (EUROPA PRESS) -

Éste hecho llevó a la Consejería a rebajar de 45 a 41 las preguntas necesarias que debían ser correctas para aprobar la oposición, algo que el TSJCyL considera un incumplimiento de las bases de la convocatoria.

El departamento que dirige Antonio María Sáez Aguado, ha adelantado en un comunicado recogido por Europa Press que recurrirá la sentencia ante el Supremo y ha añadido que en el caso de que esa sentencia se ratificara por parte del alto tribunal serían 45 las plazas de médico de familia que quedarían vacantes de un total de 260 que fueron convocadas.

Tras anular una parte de las preguntas incluidas en el examen, el mismo se compuso de un total de 82 en lugar de 90, por lo que el tribunal calificador de la oposición rebajó de forma proporcional, de 45 a 41, el número necesario de respuestas correctas para aprobar, es decir, la mitad de las preguntas válidas, ha explicado la Consejería.

En la tramitación del recurso, Sanidad ha puesto de manifiesto cómo otras sentencias (del TSJCyL Sala de Burgos y del Tribunal Supremo) consideran que la anulación de preguntas no desvirtúa la validez del examen.

La Consejería se entiende que el tribunal calificador actuó de manera "adecuada" y con ello se considera que se cumple con la finalidad prevista con la prueba, "que es la de evaluar a los aspirantes bajo condiciones que garanticen la observancia de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad teniendo en cuenta, además, que todos ellos son licenciados en medicina y cirugía y especialistas en medicina familiar y comunitaria".

Además, Sanidad ha recordado que la anulación de preguntas es una facultad del tribunal calificador y que, en el caso de esta oposición, la decisión de anular esas preguntas fue objeto de cinco recursos que fueron rechazados por el propio Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León avalando así que la anulación de preguntas forma parte de las facultades del tribunal calificador.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana