VALLADOLID, 14 Ene. (EUROPA PRESS) -
Así lo ha acordado la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid que desestima así el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía y, en consecuencia, confirma íntegramente el fallo absolutorio anterior dictado en septiembre de 2018 por el Juzgado de lo Penal número 2, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Aquella sentencia de primera instancia, ahora ratificada por la Audiencia Provincial, fundamentaba la absolución en que la prueba practicada "no ha acreditado que los acusados se concertaran para preparar, con carácter previo, los pliegos de cláusulas de dicho contrato a fin de asegurar que la adjudicación correspondiera a la UTE referida, ni consta acreditado que los funcionarios citados facilitaran a los miembros de la UTE información tendente a asegurar la adjudicación".
La sentencia precisaba que la relación a lo largo del mes de diciembre de 2010 entre los acusados no consta probado que tuviera por objeto acordar el pliego de prescripciones técnicas particulares y el de cláusulas administrativas que estaba preparando Belén G, ingeniero de caminos de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Fomento, sino enmarcada en diversos contratos de ejecución con las empresas investigadas desde los meses de abril y junio del mismo año en los que la citada funcionaria era directora y que, por tanto, "exigían reuniones y contactos frecuentes para su ejecución y desarrollo".