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Audiencia Provincial de Castellón

Condenada a 9 meses de cárcel una mujer que robó muebles y pintó de rosa un piso de alquiler antes de ser desahuciada

27/12/2018
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La Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la condena a nueve meses de prisión y 1.080 euros de multa por apropiación indebida y daños a una mujer que, cuando supo que iba a ser desahuciada del piso de alquiler en el que vivía en la capital de la Plana, se llevó numerosos muebles por valor de 4.356 euros, arrancó enchufes, videoportero, interruptores, la campana de extracción de la cocina, cortó la tubería del gas y pintó de rosa el techo y las paredes del inmueble con el fin de que "tales elementos quedaran inservibles para el uso que le es propio".

CASTELLÓN, 26 Dic. (EUROPA PRESS) -

Así consta en un fallo de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, facilitado este miércoles por el TSJCV, que desestima de este modo el recurso de la mujer contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de primera instancia número 6 de Castellón. El fallo establece que la condenada deberá abonar 4.356 euros por el valor de los enseres sustraídos y 1.815 euros por los daños provocados en la vivienda, en concepto de responsabilidad civil.

El tribunal considera probados los hechos expuestos en la sentencia de primera instancia, que señalaba que el 4 de diciembre del año 2013 un juzgado de Castellón dictó en juicio verbal por impago de la renta del alquiler del piso en el que residía la mujer el desahucio y lo fijó para el 9 de diciembre de ese mismo año.

"En un momento indeterminado pero anterior al 9 de diciembre de 2013", relata el escrito, "movida por un ánimo de lucro", la mujer "procedió a trasladar de forma subrepticia para hacerlos suyos un mueble recibidor de madera bicolor, un aparador de madera, una mesa de comedor y cuatro sillas, un sofá de tres plazas, una mesa de centro auxiliar, cortinas, barras y sus anclajes de tres estancias de la vivienda, cinco lámparas, un espejo de baño, el cabezal de la cama de matrimonio con dos mesitas a juego, somier, colchón y colcha, una mesa de estudio silla y estantería, una mesa de cocina y dos sillas, una lavadora, los quemadores de la encimera y los cajones de un mueble instalado en el baño, pese a conocer que debía dejarlos en la vivienda para así restituirlos a sus propietarios". Estos efectos alcanzaban un valor de 4.356 euros.

La mujer condenada procedió asimismo a "arrancar los enchufes, videoportero e interruptores, así como los reguladores de la calefacción, a pintar las paredes y techos con pintura rosa, a arrancar la campana de extracción de humos de la cocina y cortar la tubería del gas, de forma que tales elementos quedaron inservibles para el uso que le es propio". La reparación de estos daños supuso un coste de 1.815 euros.

Ante esta sentencia, la mujer presentó un recurso en el que alegaba una supuesta vulneración de la presunción de inocencia basada en una "disconformidad con la valoración que el juzgador hiciera del material probatorio que fundó la condena".

Frente a esta apelación, el tribunal argumenta que "sin necesidad de reiterar los cuidados argumentos de la sentencia de instancia, es lo cierto que la condena se fundó en toda una serie de concluyentes indicios que racionalmente conducen a tener los hechos por probados y, por tanto, la sentencia por bien fundada". Por ello, los magistrados ratifican la conclusión judicial condenatoria en primera instancia, desestiman el recurso de apelación de la mujer y le imponen el pago de las costas.

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