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Intercambio de Notas Verbales por el que se enmienda el Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República Argelina Democrática y Popular

19/12/2018
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Intercambio de Notas Verbales por el que se enmienda el Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República Argelina Democrática y Popular, hecho en Madrid el 30 de octubre y 3 de diciembre de 2018 (BOE de 19 de diciembre de 2018). Texto completo.

INTERCAMBIO DE NOTAS VERBALES POR EL QUE SE ENMIENDA EL ANEXO DEL ACUERDO SOBRE TRANSPORTE AÉREO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA ARGELINA DEMOCRÁTICA Y POPULAR, HECHO EN MADRID EL 30 DE OCTUBRE Y 3 DE DICIEMBRE DE 2018.

NOTA VERBAL

N.º 202/18.

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación saluda atentamente a la Embajada de la República Argelina Democrática y Popular en Madrid y se refiere al Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República Argelina Democrática y Popular, hecho en Argel el 13 de marzo de 2007.

En relación con el citado Acuerdo, este Ministerio tiene el honor de comunicar que en las consultas entre las Autoridades Aeronáuticas de España y Argelia celebradas en Madrid en mayo de 2017, se adoptó el acuerdo de modificación del Anexo del Acuerdo de 13 de marzo de 2007, cuya nueva redacción es la siguiente:

ANEXO AL ACUERDO

Cuadro de rutas

1. Rutas que podrán ser explotadas por las empresas aéreas designadas del Reino de España:

Puntos en España-Puntos en Argelia y viceversa.

2. Rutas que podrán ser explotadas por las empresas aéreas designadas de la República Argelina Democrática y Popular:

Puntos en Argelia-Puntos en España y viceversa.

3. Las empresas aéreas designadas por ambas Partes Contratantes podrán efectuar escalas en el mismo servicio en un solo punto del territorio de la otra Parte Contratante.

Conforme a lo establecido en el Artículo 17 del Acuerdo de 13 de marzo de 2007, las modificaciones surtirán efecto después de ser confirmadas por Canje de Notas diplomáticas entre las dos Partes Contratantes. Por consiguiente, y una vez cumplidos los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico español, este Ministerio tiene el honor de proponer que la presente Nota y la Nota de respuesta de esa Embajada constituyan la confirmación de la modificación del Acuerdo sobre Transporte Aéreo de 13 de marzo de 2007, que entrará en vigor en la fecha de la Nota de respuesta.

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación aprovecha esta oportunidad para reiterar a la Embajada de la República Argelina Democrática y Popular el testimonio de su más alta consideración.

Madrid, 30 de octubre de 2018.

NOTA VERBAL

N.º 396/Eco/2018.

La Embajada de la República Argelina Democrática y Popular en España saluda atentamente al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y, haciendo referencia su Nota Verbal n.º 202/18 del 30 de octubre de 2018 sobre el Acuerdo de Transporte Aéreo entre Argelia y España, firmado el 13 de marzo de 2007, tiene el honor de informarle que el Ministerio argelino de Obras Públicas y Transporte confirma las modificaciones del Anexo de dicho Acuerdo (Cuadro de rutas), adoptadas por las Autoridades aeronáuticas de los dos países durante las consultas celebradas en Madrid los días 22 y 23 de mayo de 2018.

Con su confirmación, la parte argelina aprueba la entrada en vigor de dichas modificaciones, de conformidad a lo establecido en el Artículo 17 del Acuerdo de Transporte Aéreo de 13 de marzo de 2007.

La Embajada de la República Argelina Democrática y Popular en España aprovecha esta ocasión para reiterar al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, el testimonio de su más alta consideración.

Madrid, 3 de diciembre de 2018

El presente Canje de Notas Verbales entró en vigor el 3 de diciembre de 2018, fecha de la Nota Verbal de respuesta argelina.

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