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El Supremo justifica mantener en prisión a los acusados por el 'procés' por la proximidad del juicio

14/12/2018
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Rechaza la petición que hicieron Sànchez, Rull y Turll antes de ponerse en huelga de hambre y afrima que las circunstancias no han cambiado

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha rechazado una vez más excarcelar al expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez y los exconsejeros Josep Rull y Jordi Turull al considerar que su situación de prisión provisional se refuerza debido a que la celebración del juicio por el 'procés' es próxima. Asimismo, rechaza las alegaciones de las defensas sobre que las circunstancias han variado tras la presentación de los escritos de acusación.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha dictado en un auto, con fecha de este miércoles, en el que estudia la petición que hicieron estos tres acusados, que se encuentran en el centro penitenciario de Lledoners (Barcelona), antes de ponerse en huelga de hambre. Los abogados de Sànchez, Rull y Turll argumentaron, entre otras cosas, la existencia de discrepancias entre el Ministerio Público y la Abogacía del Estado al pedir penas de prisión dispares para los líderes independentistas en prisión y los que se encuentran en libertad.

Los letrados expusieron que los acusados en libertad se "enfrentan a penas de prisión tan o más graves" que sus defendidos y que se encuentran en las "idénticas" circunstancias que la Sala ha estudiado para entender que existe riesgo de fuga para los que se encuentran encarcelados provisionalmente.

De hecho compararon sus casos con el mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero que está en libertad, pese a ser acusado también por delito de rebelión por cooperar con los independentistas en los sucesos del 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería catalana de Economía y en el referéndum ilegal del 1 de octubre, causa que se lleva en la Audiencia Nacional. También, recordaron otros casos de corrupción o el de 'La Manada', cuyos responsables no han sido enviados a prisión tras conocer una sentencia.

"IGUALDAD DE ARMAS" EN LA VISTA ORAL

A esto añadieron que no tendía la "igualdad de armas" e indefensión durante la celebración de la vista oral debido a las "dificultades para poder reunirse letrados y acusados". Por último, destacaron que la duración del juicio se alargaría durante meses dada a la numerosa prueba que han solicitados las acusaciones y que ha sido admitida por el tribunal.

Sin embargo, la Sala responde que el riesgo de fuga o de reiteración delictiva que justifica la medida cautelar impuesta por el juez instructor de la causa Pablo Llarena --aunque Sànchez se encuentra privado de libertad desde unas semanas antes, ya que la decisión la adoptó la ex juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela-- no ha variado tras las calificaciones provisionales de las acusaciones.

Es más, explica que estos escritos "pone de manifiesto que la celebración del juicio oral está aún más próxima" y "lejos de operar como un hecho que debilita la procedencia de la prisión preventiva refuerza su genuino significado".

Por último, los magistrados aseguran que su permanencia en prisión preventiva "no implica una vulneración de derecho a la defensa", pues está garantizado de la "misma manera para todos los acusados, estén o no privados de libertad".

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

Si Puigdemont y sus secuaces no se hubieran fugado, es posible que ahora no estuvieran en prisión, [email protected]

Escrito el 14/12/2018 11:22:46 por NODEFICIT Responder Es ofensivo Me gusta (1)

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