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  • EDICIÓN DE 11/12/2018
 
 

Reforma del Código Penal

El Congreso ultima la reforma del Código Penal para el uso de información privilegiada

11/12/2018
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El Congreso ultima la reforma del Código Penal para trasponer varias directivas europeas, entre ellas la de las sanciones penales aplicables al abuso de mercado y utilización de información privilegiada, el fraude a intereses financieros de la Unión Europea y cambios en la protección penal del euro y otras monedas frente a la falsificación.

MADRID, 10 Dic. (EUROPA PRESS) -

Así, la Comisión de Justicia de la Cámara Baja previsiblemente aprobará este martes el dictamen de la ponencia que ha negociado a puerta cerrada el texto, para remitirlo así al Pleno del Congreso, que tendrá la última palabra sobre este cambio legal al tratarse de una ley orgánica.

La trasposición contempla tres tipos penales diferenciados, en línea con la directiva, que exige tipificar como infracciones penales, al menos en casos graves y cuando se ha hayan cometido intencionalmente, operaciones con información privilegiada, la comunicación ilícita de la misma y la manipulación del mercado.

Asimismo, considera como infracciones penales los actos de incitación, complicidad y tentativa de las indicadas operaciones, e igualmente la responsabilidad de las personas jurídicas en relación con la comisión de tales hechos delictivos.

AUMENTO DE LAS SANCIONES

El Código Penal ya sancionaba conductas concretas de actuación delictiva por utilización de información privilegiada y manipulación de mercado, pero no abarcaba todos los supuestos específicamente referidos en la norma europea, que ahora deben sancionarse de forma expresa para cumplir con las exigencias del principio de legalidad penal.

La trasposición que debate este martes la Comisión de Justicia opta por unos tipos penales que, en conductas de mayor gravedad, se configuran como delitos graves, aumenta las sanciones para cumplir con la directiva e incorpora en los medios comisivos la utilización de artificios y el empleo de tecnologías de la información para la alteración de los precios.

Asimismo, en el objeto de protección se incorporan los contratos de contado sobre materias primas relacionados con instrumentos financieros y los índices de referencia y se contempla una agravación específica para supuestos en que el autor del hecho fuera trabajador o empleado de una empresa de servicios de inversión, entidad de crédito, una autoridad supervisora o reguladora o una entidad rectora de mercados regulados o centros de negociación.

La reforma también especifica qué se entiende por acceso reservado a información privilegiada e incluye tres nuevos preceptos: tipifica la comunicación ilícita de información privilegiada cuando ponga en peligro la integridad del mercado o la confianza de los inversores; remite los contenidos conceptuales a la normativa europea y española en materia de mercado e instrumentos financieros, y establece de manera expresa la punición de los actos de proposición, conspiración y provocación a los tres delitos mencionados.

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

Nosotros conocemos una empresa que comete todos esos delitos, el caso está en manos de nuestros abogados de Molins y Silva, [email protected]

Escrito el 11/12/2018 19:16:45 por NODEFICIT Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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