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  • EDICIÓN DE 06/11/2018
 
 

IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la Igualdad de Género Luisa de Medrano

06/11/2018
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El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convoca el IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la Igualdad de Género Luisa de Medrano. La finalidad del Premio es distinguir a aquellas personas físicas, colectivos, entidades o instituciones que han destacado o destaquen en la defensa de la igualdad de derechos y de oportunidades entre mujeres y hombres, tanto a nivel nacional como internacional.

BASES

Objeto y finalidad.

1. La presente resolución tiene por objeto convocar el IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la Igualdad de Género Luisa de Medrano.

2. La finalidad del Premio es distinguir a aquellas personas físicas, colectivos, entidades o instituciones que han destacado o destaquen en la defensa de la igualdad de derechos y de oportunidades entre mujeres y hombres, tanto a nivel nacional como internacional.

Financiación.

1. El IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la Igualdad de Género Luisa de Medrano, se financiará con cargo a la partida presupuestaria 70.01.323B.48126, quedando la concesión del premio sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones en el ejercicio 2019, se materializa en dos modalidades:

a) Diploma de reconocimiento, que podrá concederse a título póstumo.

b) Dotación económica de 15.000 €.

Podrá coincidir en la misma persona o entidad el otorgamiento de ambas modalidades del Premio, salvo cuando se otorgue el Diploma de reconocimiento a una persona a título póstumo.

2.- Este premio está sujeto a la normativa fiscal correspondiente

Participantes.

1. Podrán optar al IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la igualdad de género Luisa de Medrano las personas físicas que sean mayores de edad, así como los colectivos, entidades o instituciones que con su trayectoria o labor hayan destacado o destaquen en la defensa de la igualdad de derechos y de oportunidades entre mujeres y hombres.

2. La participación en el Premio supone la aceptación total de las estipulaciones contenidas en la presente resolución, en la Orden de 06/06/2016, de la Vicepresidencia, por la que se regula la concesión del Premio Internacional de Castilla-La Mancha, así como del fallo del Jurado.

Plazo, forma y lugar de presentación.

1. El plazo para la presentación de las candidaturas será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

2. Las candidaturas al IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la igualdad de género “Luisa de Medrano” se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, por instituciones públicas o instituciones particulares, entidades profesionales, culturales o benéficas, mediante propuesta dirigida a la persona titular del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (httpps://jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.

3. La propuesta deberá acompañarse de la siguiente documentación:

a) Méritos y motivación en los que se basa la propuesta, debiendo constar al menos de los siguientes documentos:

1º. Currículum vitae o memoria descriptiva de la trayectoria de la entidad o persona que opta al IV Premio Internacional de Castilla-La Mancha a la Igualdad de Género Luisa de Medrano. En ambos casos se ha de detallar las acciones relativas a la defensa de la igualdad de género y a la erradicación de la violencia machista en sus distintas formas y su incidencia en la sociedad en las que hayan participado.

2º. Participación y promoción en iniciativas por la igualdad de género de carácter internacional.

3º. Publicaciones de artículos u obras.

4º. Aportaciones innovadoras, conceptuales o procedimentales a las teorías feministas.

5º. Implicación en la lucha contra la discriminación múltiple.

b) Cualquier otra información o documentación que justifique la idoneidad de la propuesta formulada.

Instrucción.

Corresponde al Servicio de Planificación, Evaluación y Documentación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha la instrucción del procedimiento, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos sobre los que se pronunciará el fallo de conformidad con la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo común.

Valoración y Fallo.

1. La valoración de los premios se efectuará por un Jurado presidido por la Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha y constituido por cinco personas expertas en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, que serán designadas por la Dirección del organismo de igualdad, de acuerdo con la siguiente composición:

a) Dos personas en representación de las Universidades, una de ellas de la Universidad de Castilla-La Mancha y otra de la Universidad de Alcalá, del Campus de Guadalajara.

b) Una persona en representación del Consejo Regional, elegida por este órgano, entre las vocalías correspondientes a la representación de la sociedad civil.

c) Una persona en representación de un organismo público de ámbito nacional con competencias en materia de igualdad de género.

d) Una persona de reconocido prestigio en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Las funciones de Secretaría serán desarrolladas por personal funcionario designado por la Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, que asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto.

2. La sesión constitutiva del Jurado designado conforme el apartado anterior, tendrá lugar dentro de los tres meses siguientes a la expiración del plazo establecido para la presentación de candidaturas, examinándose en la misma las propuestas previamente presentadas.

3. Los criterios de valoración que se tendrán en cuenta por los miembros del Jurado serán los siguientes:

a) Currículum vitae o memoria descriptiva de la trayectoria de la entidad propuesta en la candidatura. En ambos casos se ha de detallar las acciones relativas a la defensa de la igualdad de género y a la erradicación de la violencia machista en sus distintas formas y su incidencia en la sociedad en las que hayan participado.

b) Participación y promoción en iniciativas por la igualdad de género de carácter internacional.

c) Publicaciones de artículos u obras.

d) Aportaciones innovadoras, conceptuales o procedimentales a las teorías feministas.

e) Implicación en la lucha contra la discriminación múltiple.

4. La votación de las candidaturas por parte del Jurado, se ajustará a las siguientes reglas:

a) Se enviará a todos los miembros del Jurado un documento que recoja todas las candidaturas, otorgándose un plazo de un mes para su consideración.

b) Transcurrido dicho plazo, se reunirá de forma presencial el Jurado. En dicha sesión cada miembro del Jurado votará a un máximo de dos candidaturas para recibir el premio señalado. A la vista de dichas candidaturas el Jurado determinará por votación y para cada modalidad el número de ellas que alcanza la fase final. En caso de empate a votos pasarán todas las candidaturas empatadas a la fase final.

c) Iniciada la fase final, cada miembro del Jurado podrá realizar brevemente la defensa y observaciones que considere oportunas sobre cada candidatura en cada modalidad.

d) Las deliberaciones y votaciones se realizarán por cada modalidad, considerando candidatura vencedora en cada una de ellas la que obtenga mayor número de votos de las personas que integran el Jurado, existiendo la posibilidad de que coincidan en la misma persona o entidad ambas modalidades.

e) En tal sentido, cada miembro del Jurado presente supondrá un voto por cada modalidad. En caso de empate se volverá a realizar nueva votación y si persistiera el empate decidirá la persona que ejerza la Presidencia del Jurado.

5. Las dos modalidades del Premio podrán recaer en la misma persona o entidad cuando los méritos reconocidos a las candidaturas así lo aconsejen, y ser declarado desierto cuando las candidaturas no presenten los méritos suficientes.

Resolución

1. La propuesta del Jurado se elevará a la Dirección del Instituto de la Mujer que dictará resolución que será notificada a las personas o entidades premiadas en el plazo de seis meses a partir de la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.

2. La Resolución de concesión del Premio no pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Vicepresidencia primera, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Publicación, pago y entrega del Premio.

1. El Instituto de la Mujer hará pública la concesión del Premio a través de resolución de publicación de la Dirección del Instituto de la Mujer en el Diario Oficial de Castilla La Mancha.

2. El abono del Premio que, en su caso, estará sujeto a las retenciones fiscales correspondientes, se efectuará mediante un pago único que se tramitará en el momento de la publicación de la citada resolución, que se realizará en torno al Día Internacional de las Mujeres.

3. El Diploma de reconocimiento será entregado en el mes de marzo, coincidiendo con la celebración del Día Internacional de la Mujeres.

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