Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/10/2018
 
 

AN

La Audiencia Nacional absuelve a los 17 acusados de la 'Operación Troika' al no acreditar su relación con la mafia rusa

19/10/2018
Compartir: 

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a las 17 personas que fueron enjuiciadas tras la 'Operación Troika', desarrollada en junio de 2008, al no considerar acreditado que "prestaran su cooperación o asistencia profesional" desde España a las organizaciones de la mafia rusa Tambovskaya y Malishevskaya.

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

Esta macro operación policial que fue considerada en su momento como el mayor golpe a la mafia rusa en España, se saldó con el procesamiento de 26 personas, incluidas el 'capo' Gennadios Petrov y sus principales lugartenientes. Sin embargo, no llegaron a sentarse en el banquillo y fueron declarados en rebeldía, por lo que al final se enjuició a un total de 18 personas aunque sobre uno de ellos fiscal retiró la acusación y su caso fue archivado.

Fiscalía Anticorrupción solicitaba penas de hasta cinco años de cárcel por asociación ilícita y delitos continuados de blanqueo de capitales. Consideraba que integraban una estructura que habría blanqueado en España grandes sumas de dinero procedente de la comisión de asesinatos, palizas por encargo, contrabando o tráfico de drogas. Habrían contado para ello con asesoría jurídica, contable y fiscal, así como con servicios de traductores para estas actividades.

Sin embargo, la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Ana María Rubio, no ve probado que estos 17 individuos colaborasen para "recibir en España o gestionar desde aquí el capital y patrimonio ajeno" fruto de actividades delictivas de esas mafias para reinvertirlo o emplearlo de otra manera. Tampoco considera acreditado que hubieran participado en la dirección y control efectivo de una serie de sociedades inmobiliarias y de inversiones utilizadas.

Los hechos probados relatan que en 1996 Gennadios Petrov -el capo-- junto con Viktor Gabrilenkoz y Serguei Kousmine, los tres en rebeldía, se trasladaron a España y se instalaron en Marbella. También en los 90 llegaron a la provincia de Málaga los rusos Alexander Malyshev y Olga Solojeva, a quienes tampoco se juzgaba en esta causa, mientras que el acusado Juri Salikov lo había hecho en Palma.

"Todos ellos se conocían y desarrollaron tanto en España como en el extranjero actividades empresariales, crearon sociedades mercantiles y recibieron capitales procedentes de cuentas bancarias abiertas en distintos países que invirtieron en España, para lo que en ocasiones contaron con los servicios de asesoría jurídica, contable y fiscal de profesionales y de la asistencia de traductoras del idioma ruso y secretarias", dice la Sala.

Lo que no está acreditado para el Tribunal es que los enjuiciados "prestaran su cooperación o asistencia profesional para recibir en España, o gestionar desde aquí, el capital y patrimonio ajeno a que se refiere este procedimiento procedente originariamente de cuentas bancarias en el extranjero y fruto de actividades delictivas de las organizaciones criminales Tambovskaya y Malyshevskaya, que operaban en la extinta Unión Soviética y Federación de Rusia".

LOS INFORMES POLICIALES, "MERAS SOSPECHAS"

Tampoco ve probado que las sociedades que montaron o los bienes en los que invirtieron los enjuiciados tuvieran que ver con la mafia. De hecho, la sentencia afirma que "los informes policiales" sobre los terrenos que adquirieron dos de ellos, Viktor Gavrilenkov y su mujer Zanna Gavrilenkoval, "se quedan en meras sospechas no confirmadas".

"No alcanzan el grado de indicios al no ser sino simples probabilidades sin corroboración fehaciente que no cumplen los requisitos jurisprudencialmente exigidos para ser calificados de prueba indiciaria, a los efectos de concluir, de una manera lógica y racional, el origen ilícito del patrimonio de los encausados, ni que prestaran su cooperación o asistencia profesional para gestionar capitales ajenos fruto de la actividad delictiva de las organizaciones criminales Tambovskaya o Malyshevscaya", dice sobre esos informes.

La Sala rechaza además el decomiso de bienes que solicitaba la Fiscalía, cosa que entiende "no procede" unas personas han sido absueltas y otras, declaradas en rebeldía, de modo que no fueron enjuiciadas. Tampoco acepta su petición de disolver las sociedades señaladas en el procedimiento, porque ordenarlo sería una "consecuencia accesoria de delitos cometidos por personas que no han sido juzgadas" o declaradas inocentes.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana