MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
Se trata de la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, Enjuiciamiento Civil, en relación con la ocupación ilegal de viviendas, una norma que a juicio de Podemos vulnera derechos recogidos en la Constitución, como el derecho la vivienda, la inviolabilidad del domicilio y el principio de tutela judicial efectiva.
El Tribunal da traslado de la demanda y demás documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno para que en un plazo de 15 días puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
(HABRÁ AMPLIACIÓN)
#2
Si al final el TC reconoce que los que aprobaron la ley vulneraron la CE78 ¿qué pasará con la indemnización a la que tendrían dercho sus víctimas? ¿Las pagaremos todos, como siempre, o sólo los que aprobaron esa ley inconstitucional pese a que les avisaron de que era inconstitucional?
Escrito el 12/10/2018 21:34:38 por Alfonso J. Vázquez
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Es ofensivo
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