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El Supremo desestima los recursos de Nestlé contra la ONCE por el uso indebido de la marca 'Sueldo de tu vida'

28/09/2018
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El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación planteados por Nestlé contra las marcas de los juegos de 'rasca' de la ONCE 'Sueldo de tu vida' y 'Gran sueldo de tu vida' por la similitud y aprovechamiento indebido de su marca 'Un sueldo para toda la vida', de su marca Nescafé, lo que vulneraría la Ley de Marcas.

MADRID, 27 Sep. (EUROPA PRESS) -

Así, el Supremo confirma dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de 2017, en relación a los acuerdos de la Oficina Española de Patentes y Marcas que aceptaron las marcas de la ONCE para servicios de entretenimiento, papelería y publicidad.

El TSJM aceptó la marca para los dos primeros servicios pero denegó la inscripción en los relativos a la publicidad. Nestlé recurrió al Supremo dichas sentencias, que ahora han sido ratificadas.

En sus sentencias, el Supremo señala que "no cabe apreciar que con respecto a los productos y servicios que con la misma se amparan en las clases 16 (papelería) y 41 (entretenimiento), su registro pueda implicar un aprovechamiento de la notoriedad o distintividad de la marca oponente (la de Nestlé)". "Parece evidente, respecto a los campos reseñados (juego uno, y productos alimenticios, otro), que nada puede hacer pensar que se trate de productos procedentes de un mismo origen empresarial o de empresas vinculadas, con aprovechamiento de su reputación", añade.

A su juicio, para apreciar la existencia o no de vínculo entre las marcas se ha de atender, entre otros factores, a la naturaleza de los productos o servicios para los que se registraron las marcas en conflicto y a la existencia de un riesgo de confusión por parte del público consumidor.

Las sentencias del TSJ de Madrid, ahora confirmadas por el Supremo, consideraron que no cabía el registro de las marcas de la ONCE para frases o servicios de publicidad, al impedirlo el artículo 6.1 b) de la Ley de Marcas, al constatarse un riesgo de confusión con la marca prioritaria 'Un sueldo para toda la vida' de Nestlé, puesto que existía una clara similitud fonética y conceptual así como una semejanza de campo aplicativo por lo que concierne a la clase 35 (servicios de publicidad).

No obstante, en relación con el resto de campos aplicativos (clase 16 -productos de papelería- y clase 41 -servicios de educación y entretenimiento-) para los que está registrada la marca concedida que se impugna, el Tribunal no aprecia identidad ni similitud, sin que, a su juicio, la clase registrada por Nestlé posea la entidad suficiente como para tener capacidad obstativa de todo tipo de clases sino sólo de aquellas directamente relacionadas con aquélla.

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