Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 17/09/2018
 
 

La gramática sexuada; por Santiago Muñoz Machado, Catedrático de Derecho administrativo y Académico de Número de la Real Academia Española y de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas

17/09/2018
Compartir: 

El día 7 de septiembre de 2018 se ha publicado en El Cultural un artículo de Santiago Muñoz Machado en el cual el autor considera que, si bien en ocasiones pueden encontrarse alternativas razonables para aliviar el excesivo dominio de las expresiones en masculino, siendo su uso acorde con el espíritu de nuestro tiempo, no es plausible que las formas de hablar y escribir ordinarias abandonen la economía y belleza del español usual para entregarse a las letanías de masculinos y femeninos.

LA GRAMÁTICA SEXUADA

Se puede hacer política alzándose contra la gramática. No debe extrañar que la lucha por la igualdad de la mujer, en la que tanto queda por conseguir, haya alcanzado a las formas de hablar. Al servicio de aquella reivindicación se usan a veces, conscientemente, palabras o expresiones gramaticalmente incorrectas que no tienen otro fundamento que hacer “visible” (el gran concepto político del lenguaje inclusivo) a la mujer. Pero las mejores fuerzas de la rebelión, o las más aparatosas, se están dirigiendo contra el masculino no marcado, tradicional en nuestra lengua, que incluye los dos géneros: por ejemplo “todos”, “españoles” o “escritores”. La pretensión de abandonar esta norma en beneficio de parejas morfológicas solo diferenciadas por añadir al masculino la desinencia a ha provocado un sinfín de comentarios burlescos. No cabe duda de que el desdoblamiento masivo puede llevar a formas de expresarse ridículas, antieconómicas u horrendas ¿Cuántas obras literarias de mérito usan ese lenguaje atormentado y reiterativo?

Tengo por cierto que, en ocasiones, pueden encontrarse alternativas razonables para aliviar el excesivo dominio de las expresiones en masculino. Usarlas me parece una actitud acorde con el espíritu de nuestro tiempo. Pero no es plausible que las formas de hablar y escribir ordinarias abandonen la economía y belleza del español usual para entregarse a las letanías de masculinos y femeninos. ¿Hay alguien que las use en las comunicaciones privadas? Ni siquiera quienes defienden sin matices la política inclusiva de la lengua aspiran a implantarla en la literatura o a entronizarla canónicamente en cualquier conversación. Bien saben que no es posible. Su objetivo, no sé si consciente, es el habla oficial, la de los discursos coram populo, las leyes y las resoluciones de los organismos públicos.

Se comprende, por ello, que la vicepresidenta del Gobierno haya pedido a la RAE que informe sobre una posible revisión del lenguaje de la Constitución (redactada en “masculino”, ha dicho; tal vez sea así, pero nótese que las palabras principales de la Ley Fundamental pertenecen al género femenino: constitución, soberanía, unidad, autonomía, igualdad, libertad, propiedad, sociedad, solidaridad, nación, nacionalidad, justicia, ley, Cortes, Monarquía). Es una honrosa encomienda que, con toda seguridad, la corporación cumplirá lealmente proponiendo lo que más convenga a la lengua española.

He comprobado, para fijar mejor el problema, que dos tercios de los 169 artículos de la Constitución quedarían afectados si se desdoblaran los masculinos o se incorporasen redacciones acordes con las guías del lenguaje inclusivo. El cambio de una palabra en cualquier norma puede afectar a su sentido, de modo que no se trataría de una simple operación lingüística, sino de la reconstrucción jurídica de cada artículo retocado. Las Cortes tendrían que discutir los nuevos textos. Y el pueblo, finalmente, se pronunciaría en referéndum; sabríamos entonces si el nuevo lenguaje tiene apoyos mayoritarios. Si fuera así, a la reforma lingüística de la Constitución tendría que seguir la de muchas leyes principales. En definitiva, la operación conduciría a un nuevo periodo constituyente. Una consecuencia insólita de la subitánea reinvención de la gramática.

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

El problema es de ignorancia gramatical de unos políticos que, en eso, son genuinos representantes de sus ignorantes representados.
Las palabras cuyo género, ¡no su sexo!, son femeninas lo son porque eran de la primera declinación, el nominativo terminaba en -a. Entre ellas están soberanía, -ae, autonomía, -ae, justitia, -ae; las de la segunda en - us son másculinas y en -um son nueutras; las de la tercera declinación y pueden ser del género, insisto que no del sexo, masculino, femenino o neutros y puede tener tres terminaciones, una para cada género, dos terminaciones, másculina y femenina, o una terminacion, común - y digo común - al masculino y femenino o a los tres generos, como vetus, -eteris, o a uno sólo; piscis, -is es masculino. Entre ellas están aequalitas,-tis, libertas, -tis, proprietas, -tis, solidaritas, - tis, etc., y otras como constitutio, -nos, natio, -nis, plebs, -is, etc., conservan el género femenino del latín o como flumen, -inis, han cambiado su netro original por el masculino (en castellano son masculinos los rios y en francés femeninos). Piscis, -is, conserva el masculino original. Por cierto, Pansa y Catilina son nombres que declinándose como los demás de la primera, por terminar en "a" son del género masculino, por excepción, porque corresponden a nombres de varón. Por último, homo, -inis, es del genero, ¿tengo que seguir diendo no del sexo? masculino y como persona, -ae, que lo es del género femenino, incluyen a vir, -i, varón y a mulier. -is, mujer que son respectivaente del genero masculino y femenino; lo mismo con la cuarta y la quinta. El tiempo despilfarrado con ignorantes no se dedica a resolver problemas serios. Hay cursos gratuitosno presenciales, sin título de master, de latín y castellano.

Escrito el 17/09/2018 15:43:37 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  2. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  3. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  4. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  5. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  6. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  7. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  8. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  9. Actualidad: El Tribunal Supremo reconoce por primera vez el derecho de consulta del comité de empresa europeo en IAG
  10. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana