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Incremento del crédito a las subvenciones para el fomento de razas autóctonas

14/08/2018
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Orden de 6 de agosto de 2018, por la que se da publicidad al incremento del crédito disponible para la convocatoria 2017 de las subvenciones reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011 (BOJA de 13 de agosto de 2018). Texto completo.

ORDEN DE 6 DE AGOSTO DE 2018, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL INCREMENTO DEL CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA 2017 DE LAS SUBVENCIONES REGULADAS EN LA ORDEN DE 5 DE DICIEMBRE DE 2012, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LAS RAZAS AUTÓCTONAS ESPAÑOLAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, REGULADAS EN EL REAL DECRETO 1625/2011

La Orden de 19 de diciembre de 2016, establece la convocatoria para el año 2017 de las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre Vínculo a legislación.

En el apartado sexto de la citada orden se indica una disponibilidad presupuestaria para la convocatoria de 10.000,00 euros, pudiéndose incrementar según las disponibilidades presupuestarias, que se deriven de los acuerdos que se adopten en el seno de la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, y por tanto al amparo del artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo Vínculo a legislación, que prevé la posibilidad de incrementar el crédito máximo disponible con una cuantía adicional, todo ello con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión y sin necesidad de una nueva convocatoria.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 58.5 del Real Decreto 887/2006 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones,

RESUELVO

Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria 2017 de las ayudas contempladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, al incremento de crédito disponible por una cuantía adicional de 160.151,82 euros (ciento sesenta mil ciento cincuenta y uno con ochenta y dos céntimos de euros) por lo que junto con los 10.000 euros consignados anteriormente, el importe total de la convocatoria asciende a 170.151,82 euros (ciento setenta mil ciento cincuenta y uno con ochenta y dos céntimos de euros) con cargo a la partida presupuestaria 1900180000 G/71B/78206/00 S0600 2007003022; sin que tal publicidad lleve aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni para notificar la resolución correspondiente.

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