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Premio buenas prácticas en enseñanza bilingüe

06/07/2018
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Resolución de 2 de julio de 2018, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convoca el premio buenas prácticas en enseñanza bilingüe para el reconocimiento a centros públicos bilingües y plurilingües dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía correspondiente al curso 2017-2018 (BOJA de 5 de julio de 2018). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 2 DE JULIO DE 2018, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO, POR LA QUE SE CONVOCA EL PREMIO BUENAS PRÁCTICAS EN ENSEÑANZA BILINGÜE PARA EL RECONOCIMIENTO A CENTROS PÚBLICOS BILINGÜES Y PLURILINGÜES DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CORRESPONDIENTE AL CURSO 2017-2018.

La formación exhaustiva en la lengua materna y en lenguas extranjeras como instrumento al servicio de la mejora de la calidad de la educación ha sido objeto de atención prioritaria de la política educativa de la Junta de Andalucía desde que en 1998 se inició de manera experimental el Programa Bilingüe mediante la creación de las primeras secciones bilingües de francés y de alemán con la finalidad de reforzar el aprendizaje de la lengua extranjera. Ya en el documento Estrategias y Propuestas para la Segunda Modernización de Andalucía (2001), se señalaba la necesidad “del conocimiento de otras lenguas como instrumento fundamental para asegurar las posibilidades de éxito y de compartir un futuro mejor”.

La enseñanza bilingüe es hoy día un enfoque innovador que va más allá de la mera enseñanza de una lengua y, por tanto, implica cambios metodológicos, curriculares y organizativos. El enfoque AICLE proporciona la naturalidad necesaria para que se produzca un uso espontáneo del idioma en el aula ya que las clases de las Áreas No Lingüísticas se convierten en una oportunidad de experimentar, utilizar y emplear habilidades comunicativas en el marco escolar.

En este sentido, en 2005 se inicia un nuevo tiempo en Andalucía para el aprendizaje de lenguas con el Plan de Fomento del Plurilingüismo (en adelante PFP), que contempla una renovación metodológica para reforzar el aprendizaje de lenguas anteponiendo el desarrollo de la competencia comunicativa y de las destrezas básicas. Una de las acciones más destacadas de la Administración en relación con esta apuesta para mejorar la enseñanza y el aprendizaje de las lenguas en Andalucía es la creación del Programa Bilingüe en los centros andaluces, que comenzó en el curso 2005/2006 dentro del marco del PFP.

Andalucía sigue pues las recomendaciones de la Comisión Europea, que en su documento Luxembourg Presidency Position on Plurilingual Education concluyó que “es necesario un mayor reconocimiento público de los beneficios de AICLE y su capacidad para aumentar la prosperidad y la cohesión social e individual” y que el intercambio de información y la investigación científica sobre las buenas prácticas en AICLE deben fomentarse a nivel europeo (Consejo de Europa 2005).

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre Vínculo a legislación, de Educación de Andalucía, establece, en su artículo 4, que uno de los principios del sistema educativo andaluz es la mejora permanente del sistema educativo, potenciando su innovación y modernización y la evaluación de todos los elementos que lo integran. Asimismo, en su artículo 5 señala como objetivos de la ley potenciar las buenas prácticas docentes y estimular y valorar la innovación educativa como medio de participación en la mejora de la enseñanza. Esta misma ley, en su sección 4, artículo 21, propone como reconocimiento, apoyo y valoración de la actividad docente la concesión de premios por contribuciones destacadas para la mejora de las prácticas educativas.

De ahí que la Orden de 28 de junio Vínculo a legislación de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, especifique en su artículo 9 que los centros bilingües se dotarán de un modelo metodológico, curricular y organizativo que contenga los principios del aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras. Además, elaborarán un currículo integrado de las lenguas, así como materiales para el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras.

Por ello, siguiendo con estas directrices europeas, en Andalucía se desarrolla en la actualidad el Plan Estratégico de Desarrollo de las Lenguas en Andalucía Horizonte 2020, aprobado en Acuerdo de 24 de enero Vínculo a legislación de 2017, del Consejo de Gobierno (en adelante PEDLA), que establece que es necesario un replanteamiento serio de la forma tradicional de enseñanza de las lenguas extranjeras en todos los niveles de nuestro sistema educativo, a partir de métodos y enfoques más innovadores que tomen como referentes los objetivos e indicadores del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y que apuesten por un enfoque comunicativo, así como por el Aprendizaje Basado en Proyectos que permite trabajar varias destrezas lingüísticas al mismo tiempo y favorece la atención a la diversidad. Igualmente reconoce que los logros del programa bilingüe en estos primeros años se deben indudablemente al esfuerzo y compromiso del profesorado implicado.

Este mismo documento recoge entre sus objetivos mejorar la metodología de enseñanza-aprendizaje aplicada por el profesorado y subraya entre sus líneas de actuación que la elaboración de materiales curriculares requiere de una gran implicación y esfuerzo por parte de los docentes que debe ser reconocidos e incentivados. El PEDLA también establece que se deben arbitrar medidas que permitan valorar y premiar el esfuerzo realizado por los equipos docentes bilingües.

También el Plan de Éxito Educativo aprobado mediante Acuerdo de 29 de noviembre Vínculo a legislación de 2016, del Consejo de Gobierno, contempla entre sus objetivos priorizar las metodologías innovadoras y el desarrollo de proyectos eficaces para que los centros sean más dinámicos y den respuesta a cada alumno y alumna. Igualmente el citado plan plantea la detección y difusión de las buenas prácticas como propuesta dentro de las lineas de mejora de la metodología y currículo.

En consecuencia, para poner en valor el trabajo que viene realizando el profesorado en el campo de la enseñanza bilingüe, esta Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado establece con carácter anual el reconocimiento a las buenas prácticas docentes de los centros públicos bilingües y plurilingües andaluces, que serán publicadas una vez fallado el premio en el Portal de Buenas Prácticas Docentes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 207/2015, de 14 de julio Vínculo a legislación, modificado por el Decreto 183/2017, de 14 de noviembre, en materia de bilingüismo, esta Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado

RESUELVE

Primero. Objeto.

Efectuar la convocatoria del Premio “Buenas prácticas en enseñanza bilingüe” para el reconocimiento a centros públicos bilingües y plurilingües dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, que desarrollan buenas prácticas docentes en el ámbito del bilingüismo correspondiente al curso 2017-2018.

Segundo. Características del premio.

El premio “Buenas prácticas en enseñanza bilingüe” se otorgará en dos categorías:

a) Centros de Educación Infantil y de Educación Primaria.

b) Centros de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.

Se concederán premios por cada una de las dos categorías con la distribución y dotación que se indica:

a) Un primer premio consistente en dotación económica de 3.000 euros y placa distintiva.

b) Un segundo premio consistente en dotación económica de 2.000 euros y placa distintiva.

c) Un tercer premio consistente en dotación económica de 1.000 euros y placa distintiva.

Tercero. Destinatarios.

Los premios estarán dirigidos a los centros docentes públicos bilingües y plurilingües dependientes de la Consejería de Educación, que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, que hayan desarrollado actuaciones que fomenten el aprendizaje de lenguas extranjeras y en lenguas extranjeras.

Cuarto. Solicitudes y plazos de la presentación de la documentación.

El plazo de presentación de las candidaturas será desde el día siguiente a la publicación en BOJA de la presente Resolución hasta el 30 de septiembre de 2018.

Los centros deberán realizar su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través del sistema de gestión Séneca. Asimismo, el Director o Directora del centro educativo deberá firmar la solicitud de participación.

Los centros que deseen concurrir a esta convocatoria presentarán su solicitud mediante formulario alojado en Séneca\Centro\Premios y Concursos. Conjuntamente con el formulario de solicitud de inscripción telemática, debidamente cumplimentada, se adjuntará en formato pdf o en zip la memoria de las actuaciones realizadas, según el modelo que se adjunta como Anexo I de la presente Resolución.

Asimismo, se deberá firmar la solicitud de participación en Séneca con perfil de dirección. (Séneca\Documentos que se pueden pedir\Centro\Premios y Concursos\Solicitud de Premios y Concursos para la firma electrónica).

Quinto. Valoración de las candidaturas.

Para realizar una primera valoración de candidaturas, en cada Delegación Territorial de Educación se constituirá una comisión formada por:

- La persona que ostenta la Jefatura del Servicio de Ordenación Educativa, que actuará como Presidente.

- La persona responsable de Plurilingüismo, que actuará como Secretario o Secretaria.

- Un asesor o asesora de formación del ámbito lingüístico de un CEP de la provincia.

- Un inspector o inspectora de referencia de centros bilingües.

A esta comisión se podrán incorporar cuantas personas expertas en el ámbito de la enseñanza de lenguas extranjeras se considere.

La comisión provincial realizará una valoración técnica de cada una de las memorias y seleccionará dos candidaturas de centros por cada categoría que demuestren haber desarrollado buenas prácticas dentro del ámbito del plurilingüismo para optar al premio “Buenas prácticas en enseñanza bilingüe”. De cada una de las candidaturas seleccionadas se elaborará un informe en el que se expondrán los motivos que justifican dicha selección, relacionándolos con los criterios de valoración establecidos en el Anexo II de la presente Resolución.

La Delegación Territorial de Educación enviará a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado las candidaturas seleccionadas junto con los informes elaborados en el plazo de 15 días hábiles, tras la finalización del plazo de presentación de candidaturas.

Sexto. Jurado de selección.

En la Consejería de Educación se constituirá un Jurado regional para la selección de candidaturas, presidido por la persona que ostente la Jefatura del Servicio de Programas Educativos Internacionales, o persona en quien delegue, y formado por el personal técnico de la Sección de Plurilingüismo, por personas responsables de plurilingüismo de las Delegaciones Territoriales de Educación y por profesorado con experiencia en enseñanza bilingüe.

El jurado estudiará las memorias y analizará los informes de las candidaturas seleccionadas por las comisiones provinciales.

Séptimo. Fallo del Jurado y resolución del procedimiento.

Como consecuencia de las valoraciones efectuadas, el Jurado emitirá un fallo del Premio en cada una de sus dos categorías, pudiendo declararlo desierto si considera que ninguna de las candidaturas reúne los méritos suficientes.

El fallo del jurado será inapelable y se elevará como propuesta de concesión del Premio correspondiente a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado para su resolución.

La persona titular de la Dirección General competente en materia de bilingüismo, a la vista de la propuesta del Jurado, dictará la correspondiente resolución, elevando a definitivo y haciendo público el contenido del fallo del Jurado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Octavo. Financiación de los premios.

1. La financiación de estos premios se realizará con cargo al servicio 01, concepto 229, del programa 54C de la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2018 de la Consejería de Educación. La cuantía total máxima destinada será de 12.000 euros.

2. La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.

3. Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a la realización de actuaciones para el fomento de la enseñanza bilingüe.

4. Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente, y serán dedicadas exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto.

Noveno. Entrega de premios.

El acto de entrega de los premios tendrá lugar antes de la finalización de 2018.

Décimo. Difusión y publicación de las memorias premiadas.

Los centros premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión de las mejores prácticas que se organicen por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

Los centros educativos deberán contar con la correspondiente autorización o licencia para el uso, difusión y publicación de los textos, imágenes, recursos multimedia y aplicaciones informáticas que se incluyan en las memorias. La Consejería de Educación podrá difundir los trabajos premiados a través de los medios que estime convenientes, bajo el tipo de licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual CC Vínculo a legislación BY-NC-SA.

Las buenas prácticas premiadas se recogerán en el Portal de Buenas Prácticas Educativas de la Consejería de Educación. Asimismo, la Consejería de Educación se reservará el derecho de publicación de las memorias presentadas.

Los centros premiados podrán ser escuelas mentoras en el ámbito de la enseñanza bilingüe.

Undécimo. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Duodécimo. Recursos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, Vínculo a legislación 121 Vínculo a legislación y 122 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

ANEXO I

Características de la Memoria para optar al Premio “Buenas prácticas en enseñanza bilingüe” para el reconocimiento a centros públicos bilingües y plurilingües dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía que desarrollan buenas prácticas docentes.

1. La memoria con las actuaciones llevadas a cabo ocupará un máximo de 30 páginas numeradas y redactadas a una cara, en tamaño A4, con un interlineado doble y utilizando el tipo de letra Arial tamaño de 12 puntos. Si se presentasen más de 30 páginas, las adicionales no se tendrán en cuenta en la valoración. Se podrá aportar como anexos a dicha memoria cualquier material relativo a la implementación de las buenas prácticas (fotografías, gráficos, etc.). La memoria y los anexos configurarán un único documento que se presentará en formato PDF o ZIP cuya capacidad máxima será de 10 Mb. En caso de adjuntarse imágenes, estas tendrán formato JPG o PNG. Las páginas correspondientes a los anexos no serán contabilizadas en el cómputo de las 30 páginas de la memoria.

2. La memoria comprenderá las siguientes secciones:

1) Portada.

2) Índice.

3) Punto de partida y reseña descriptiva del trabajo desarrollado.

Aspectos que se abordarán:

- Contextualización. Resumen de la vida del centro (como máximo, dos páginas).

- Breve reseña del trabajo previo desarrollado en torno al fomento de la enseñanza bilingüe.

4) Descripción de las buenas prácticas en enseñanza bilingüe.

Aspectos que se abordarán:

- Relación de las actuaciones desarrolladas.

- Integración en el Proyecto Educativo de Centro.

- Descripción de las actuaciones para el desarrollo de la enseñanza bilingüe: experiencias, tareas o proyectos concretos.

- Objetivos, estrategias metodológicas y actividades. Temporalización. Evaluación.

- Carácter interdisciplinar.

- Aplicación de nuevas metodologías educativas.

- Diversidad de actividades, tareas y estrategias de acuerdo a las necesidades y particularidades de su alumnado.

- Atención a la diversidad y alumnado con Necesidades Educativas de Apoyo Específico en el aula bilingüe.

- Uso de nuevas tecnologías.

- Elaboración de material.

5) Implicación de la comunidad educativa, apertura al entorno, difusión y sostenibilidad de las buenas prácticas.

Aspectos que se pueden abordar:

- Relación de las prácticas propuestas con las actividades complementarias y extraescolares.

- Relación de otros programas que favorecen el desarrollo de la enseñanza bilingüe.

- Implicación de las familias, del equipo pedagógico y apoyo del equipo directivo.

- Apertura al entorno.

- Difusión de las prácticas desarrolladas.

- Posibilidades de mantener las prácticas y de adaptarlas a otros contextos.

6) Valoración de los resultados y beneficios obtenidos.

7) Cualquier otra información que se considere necesaria.

3. En la elaboración de la memoria se procurará, en todos los casos, argumentar y mostrar evidencias de las actuaciones llevadas a cabo.

4. La presentación de las memorias supone la aceptación de las bases de la presente convocatoria.

ANEXO II

Criterios de valoración de candidaturas al Premio “Buenas prácticas en enseñanza bilingüe” para el reconocimiento a centros públicos bilingües y plurilingües dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía que desarrollan buenas prácticas docentes.

Las candidaturas se valorarán mediante la constatación de evidencias relacionadas con los indicadores de cada uno de los criterios de este Anexo II. La constatación de evidencias se valorará de 1 a 4, de la siguiente manera:

1 = Sin evidencias.

2 = Pocas evidencias.

3 = Bastantes evidencias.

4 = Evidencias totales.

El criterio a) supondrá el 40% de la valoración.

El criterio b) supondrá el 30% de la valoración.

El criterio c) supondrá el 20% de la valoración.

El criterio d) supondrá el 10% de la valoración.

Tabla omitida.

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