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Fundación Camino Lebaniego

04/07/2018
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Decreto 54/2018, de 21 de junio, por el que se autoriza la creación de la Fundación Camino Lebaniego (BOCA de 3 de julio de 2018). Texto completo.

DECRETO 54/2018, DE 21 DE JUNIO, POR EL QUE SE AUTORIZA LA CREACIÓN DE LA FUNDACIÓN CAMINO LEBANIEGO.

La peregrinación cultural ligada a acontecimientos religiosos es un fenómeno de carácter social y económico que siempre ha tenido un fuerte arraigo en la sociedad occidental. En los últimos tiempos, este tipo de expresiones han cobrado aún más importancia extendiéndose por toda Europa, algo a lo que no ha sido ajena nuestra Comunidad Autónoma por situarse Cantabria en el centro de este movimiento: por nuestro territorio transcurre una parte importante del "Camino Norte de Santiago" y su ramal específico "Camino Lebaniego", calificados como Patrimonio de la Humanidad desde 2015.

Esa tradición peregrina del "Camino Lebaniego" se viene desarrollando desde que en 1512 una bula papal otorgara el privilegio de la celebración del jubileo en el Monasterio de Santo Toribio, teniendo lugar el mismo tiene lugar cada vez que la festividad de Santo Toribio cae en domingo. Desde entonces, setenta y tres han sido los años jubilares, aunque es recientemente, sobre todo a partir de esa eclosión cultural contemporánea, cuando el Gobierno de Cantabria ha decidido otorgar al evento un marcado carácter estratégico para la promoción turística, identitaria y cultural de nuestra Comunidad.

Sin ir más lejos, para la promoción del Año jubilar 2006 se creó la Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego, S. L. No obstante, por distintas circunstancias, aquella sociedad no tuvo continuidad y, de cara a la siguiente edición, la de 2017, se decidió crear la Sociedad Año Jubilar Lebaniego 2017, S. L.

Estas dos últimas ediciones han servido para consolidar un trabajo exhaustivo de promoción y también para acuñar una marca turística, cultural e identitaria propia, al calor del "Camino Norte de Santiago" y su ramal, "Camino Lebaniego", primer Itinerario Cultural Europeo. Y ese esfuerzo ha permitido coordinar, además, numerosas iniciativas y desde distintos ámbitos, -cultural, religioso, ambiental...- lo que da idea de su trascendencia.

Consecuencia de ello, se considera necesario que todas las iniciativas ligadas a este Patrimonio de la Humanidad, pilar estratégico en la promoción, a todos los niveles, de Cantabria, sean gestionadas por una sociedad específica que no solo desarrolle su promoción y administre todos los ámbitos afectados, ya sean los relativos a infraestructuras, albergues asociados, conservación del patrimonio cultural, ambiental y paisajístico, sino también a la búsqueda de recursos económicos.

Es en este ámbito donde se enmarca la idea de crear una Fundación Pública, una entidad sin ánimo de lucro como instrumento de coparticipación de la sociedad cántabra con los poderes públicos en la acción social, cultural, científica y de otros ámbitos.

La Fundación Camino Lebaniego perseguiría fines de interés general, con el objeto de poner en valor el Camino Lebaniego más allá de la celebración de una Año Jubilar concreto, para dar a conocer Cantabria, favoreciendo su desarrollo en sectores como el económico, social, cultural, religioso, histórico, patrimonial y natural.

La Fundación desarrollaría, así pues, actividades propias en cumplimiento de sus fines y no orientada a la obtención de beneficios, con independencia de que se realice de forma gratuita o mediante contraprestación para compensar gastos.

El artículo 24.20 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, atribuye a la Comunidad Autónoma de Cantabria la competencia exclusiva en materia de turismo y en ejercicio de la misma se aprobó la Ley de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo Vínculo a legislación, de Ordenación del Turismo de Cantabria, siendo el marco jurídico general en el que se desarrolla la actividad turística en esta Comunidad Autónoma.

En su virtud, vistos los informes emitidos, a propuesta del Consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 21 de junio de 2018, se ACUERDA

Primero.- Denominación y fines de la Fundación.

1.- Se autoriza la creación de la "Fundación Camino Lebaniego" y la participación del Gobierno de Cantabria en su dotación patrimonial inicial.

2.- Son fines de la Fundación poner en valor la marca Camino Lebaniego más allá de la celebración del Año Jubilar para dar a conocer Cantabria, favoreciendo su desarrollo en sectores como el económico, social, cultural, religioso, histórico, patrimonial y natural.

Segundo.- Dotación Patrimonial.

La dotación patrimonial inicial del Gobierno de Cantabria a la Fundación se fija en treinta mil (30.000.-) euros, que serán aportados por el Gobierno de Cantabria a través de la partida presupuestaria habilitada al efecto en la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.

Tercero.- Constitución Vínculo a legislación e inscripción.

La Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio llevará a cabo las actuaciones precisas para la constitución de dicha Fundación, facultándose al titular de dicho departamento para la realización, en representación del Gobierno de Cantabria, de cuantas actuaciones sean necesarias en orden al otorgamiento de la escritura de constitución y su inscripción registral.

Cuarto.- Efectos.

El presente Decreto desplegará sus efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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