Diario del Derecho. Edición de 25/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/07/2018
 
 

Audiencia de Málaga

Condenadas 4 personas por colaborar con una organización en el blanqueo de dinero del contrabando internacional

02/07/2018
Compartir: 

La Audiencia de Málaga ha condenado a un año de prisión a cuatro acusados de colaborar con una organización en el blanqueo de dinero procedente del contrabando internacional y el fraude fiscal. Asimismo, se les impone el pago de una multa cuya cuantía depende de lo blanqueado y se absuelve a una quinta acusada.

MÁLAGA, 30 (EUROPA PRESS)

Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, a raíz de la información obtenida en una comisión rogatoria internacional procedente de Alemania, se tuvo noticia de la comisión de presuntos hechos delictivos en España por un grupo compuesto por ciudadanos finlandeses, estonios, suecos y alemanes.

Estos, supuestamente, se dedicaban al blanqueo de dinero procedente del contrabando de cigarrillos, alcohol y fraude fiscal en Alemania y con esas actividades habían realizado transferencias de fondos a entidades mercantiles creadas en España y adquirido propiedades inmobiliarias en las provincias de Málaga y Sevilla, "todo ello con el fin de enmascarar el ilícito origen de dicho dinero", apunta el Tribunal.

Según la sentencia, la organización referida, cuyos cabecillas no han sido juzgados, aparece involucrada durante 2000 y 2002 en actividades de contrabando de alcohol; posteriormente se dedicaron, entre junio 2002 y el verano de 2003, a través de una sociedad en Francia a operaciones de comercio con metales preciosos; finalmente, entre mitad de 2003 y 2004, se le relaciona con la presunta comisión de estafas, algunas de las cuales tuvieron lugar de España.

Para "enmascarar la titularidad de los fondos ilegalmente obtenidos, mediante la adquisición aparentemente legal de otros bienes", según pone de manifiesto la resolución de la Audiencia, contaron con la colaboración de los acusados españoles que ahora han sido condenados.

Estos, apunta la Sala, "conociendo el origen delictivo del dinero, se prestaron a actuar como meros testaferros en la adquisición de bienes o en la constitución de sociedades instrumentales, de las que se han servido para canalizar el trasvase de los fondos ilegalmente obtenidos".

Según la resolución, "esta ocultación y transformación de los fondos obtenidos con la actividad delictiva cometida por dicho grupo criminal se efectuó concretamente mediante la constitución de las sociedades instrumentales y la adquisición de inmuebles". Así, a cada acusado se le achaca una cuantía de dinero blanqueada, haciendo un total de 4,8 millones de euros.

Estos cuatro acusados admitieron los hechos por los que eran acusados por la Fiscalía y aceptaron la pena de un año de prisión solicitada tras modificar el fiscal sus conclusiones, condenándolos la Sala por un delito de blanqueo de capitales con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas debido al tiempo transcurrido desde los hechos.

Por su parte, el juicio se celebró para una quinta procesada, sobre quien ha quedado probado que mantuvo una relación sentimental y de pareja con uno de los acusados por delito de blanqueo en esta causa, el cual no ha podido ser enjuiciado por encontrarse en situación de rebeldía, acreditándose que en ese tiempo de la relación, finalizada en 2005, aquel adquirió y puso a nombre de ella una vivienda y un vehículo.

Pero, sin embargo, el Tribunal señala que no ha quedado probado, "por no haber sido ello objeto aún de enjuiciamiento, por la referida situación de rebeldía, que esos dos bienes tuvieran su origen en una actividad delictiva como tampoco que la acusada tuviera la sospecha o convicción de que la compra de los mismos se hubiera efectuado con dinero de origen ilícito".

La procesada, que ha sido absuelta, ha venido manteniendo, dice la sentencia, una "rotunda negación" sobre que los conocimientos de la supuesta procedencia ilícita de la vivienda y el vehículo que le compró su pareja, lo que para el Tribunal ha resultado verdadero, ya que, además, ha sido corroborado por declaraciones de guardias civiles.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana