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Condenados a entre 8 y 12 años de cárcel los 10 integrantes de la célula yihadista de la 'operación Caronte'

11/04/2018
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Fotografiaron lugares emblemáticos de Barcelona para atentar y hablaron de decapitar a un infiel al estilo del Estado Islámico

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

Los tres dirigentes de la célula yihadista desarticulada en abril de 2015 en la operación policial desarrollada en Tarrasa (Barcelona), a la que se denominó 'Caronte', han sido condenados por la Audiencia Nacional a 12 años de prisión cada uno por el delito de integración en organización terrorista en calidad de dirigentes. Por su parte, los otros siete integrantes han sido sentenciados a ocho años de cárcel en calidad de participantes.

La sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal considera probado que los miembros de la célula llegaron a fotografiar lugares emblemáticos de Barcelona contra los que planearon atentar. También hablaron de secuestrar a una persona, vestirla con un mono naranja y ejecutarla mientras lo grababan, al estilo del grupo terrorista Estados Islámico o DAESH.

Según los magistrados, tras pasar la etapa de formación en los principios del yihad violento, constituyeron una célula o grupo terrorista "con la única finalidad y motivo de cumplir y servir los postulados señalados por DAESH, atentos para llevar a cabo, en cualquier momento un ataque contra instituciones como la policía, entidades bancarias o intereses judíos asentados en España o integrarse en las filas del DAESH".

Entre los condenados por la Audiencia Nacional hay varios españoles y un brasileño, todos ellos convertidos al Islam. De hecho, uno de los españoles, Antonio Sáez Martínez 'Aali', quien trabajaba en una peluquería de Barberá del Vallés, es el señalado como el principal instigador de la comisión de un atentado en territorio español.

La sentencia explica en sus hechos probados que al menos desde el primer trimestre de 2014 empezó a formarse entre algunos musulmanes que frecuentaban la mezquita de Tarrasa un grupo de personas que con una visión radical del Islam que pretendía que sus miembros, utilizando para sus fines la lucha armada, constituyeran una célula satélite del DAESH capaz de llevar a cabo los postulados de la organización terrorista a la que denominaron 'Fraternidad Islámica, Grupo para la predicación del Yihad'.

ENVIAR COMBATIENTES A SIRIA O IRAK

Para llevar a buen fin los postulados del Estado Islámico, los líderes de la célula iniciaron una campaña de captación y adoctrinamiento de jóvenes en el auténtico yihad, del tal forma que pudieran llevar a cabo una de las dos finalidades pretendidas por aquella organización, esto es, abandonar España para integrarse como combatientes en Siria o Irak o llevar a cabo atentados en los lugares de residencia contra estamentos o intereses relevantes occidentales contra su población.

Los líderes del grupo --los marroquíes Lahcen Zamzami y Rida Hazem, además de Antonio Sáez, los tres condenados a 12 años de prisión-- explicaban al resto en las reuniones que mantuvieron que existía otra versión alternativa del término yihad --el "correcto", según ellos-- que se correspondía con la utilización de la fuerza si era necesario o, dicho de otro modo, explica la sentencia, no era otra cosa que la guerra santa contra los infieles.

También dentro de la campaña de formación, y con objeto de combatir en las filas del DAESH, se resaltaban no sólo las recompensas espirituales sino también las materiales en caso de que acudieran a Siria o Irak. Igualmente se predicaba en dichos encuentros sobre las bondades del yihad violento y que se podía practicar donde cada uno vivía "aniquilando fieles y atentado contra todo tipo de instituciones, entidades, organismos y símbolos propios de la cultura occidental, asegurando que, de actuar de esta forma, también se actuaba como mártir y se alcanzaba el paraíso".

"Este afán de vivir y llevar a cabo los principios y postulados del DAESH, que era considerado por el grupo como el yihad auténtico, no sólo era compartido por todos y cada uno de los acusados que conformaron así una célula o grupo terrorista satélite del DAESH, sino que incluso uno de los integrantes de la célula, Abdellatif Chahmout, se desplazó a Siria en abril de 2014, perdiendo la vida en Irak en mayo de 2015", explican los magistrados.

A Chahmout le siguieron otros tres condenados --los marroquíes Taofiq Mouhouch y Mohamed el Gharbi y el brasileño Kayke Luan Ribeiro Guimaraes 'Hakim'--, quienes realizaron el viaje en coche por Europa, pero no pudieron llegar a Siria porque fueron detenidos en la frontera entre Bulgaria y Turquía en diciembre de 2014 y posteriormente entregados a España.

Estos tres acusados han sido condenados a ocho años de prisión junto a otros cuatro: los españoles Gonzalo Cabezas Núñez 'Sulaiman', David Franco Portolés 'Ibrahim' y Jacob Orellana Casado 'Yacoub' así como el marroquí Said Touay.

ATACAR EL PARLAMENT

La Sala relata cómo tras la detención de Mouhouch, El Gharbi y Ribeiro, y a fin de evitar riesgos, Antonio Saéz propuso cometer atentados en suelo español. Así, recoge la sentencia una reunión en febrero de 2015 en la que Sáez comentó la idea de llevar a cabo un ataque contra el Parlament y justificó las decapitaciones, al tiempo que hablaba de hacer explosivos caseros para cometer atentados, animando igualmente a otros a fabricar explosivos en sus casas, para lo cual debían ir practicando.

Con posterioridad, el 14 de marzo y recogiendo la idea de Antonio Sáez de cometer atentados, cuatro miembros del grupo se reunieron en la estación barcelonesa de Sants para dar un paseo con el objetivo de hacer fotos a sitios emblemáticos para cometer un atentado y "causar el caos y mucha repercusión".

Una vez que mostraron su acuerdo en la idea de buscar lugares emblemáticos para atentar, tres de los miembros de la célula --uno de ellos un menor de nombre Omar que ya fue juzgado y condenado-- se dirigieron en coche hacia la plaza de España de Barcelona, "pensando que era un sitio idóneo al haber una comisaría de los Mossos d'Esquadra, el centro comercial Las Arenas y el hotel Plaza", así que el menor fotografió con su móvil los tres lugares.

A continuación, sigue la sentencia, se dirigieron al puerto olímpico, donde se encuentra el Hotel Arts, y con el mismo objetivo de fotografiar lugares emblemáticos para atentar otro de los ocupantes del coche, se bajó y tomó unas fotos que más tarde mostraron a Antonio Sáez, quien les felicitó por su trabajo y la repercusión que podía tener un atentado contra algunos de esos edificios.

Días después, dice la sentencia, Antonio Sáez comentó a dos de los miembros del grupo que quizás podría tener más repercusión otro tipo de actuación y que tenía en mente una idea para ejecutar a un infiel (los otros dos le preguntaron si sería un banquero o un judío, sin obtener respuesta), al cual vestirían con un mono naranja, le colocarían en una habitación oscura, grabarían la escena y después la publicarían en Youtube o en otras redes sociales, después de lo cual se marcharían a Siria.

UN AGENTE ENCUBIERTO DIO LA VOZ DE ALARMA

La citada propuesta motivó que una vez llegó a Tarrasa, uno de los asistentes a la reunión, un agente encubierto de los Mossos, lo pusiera en conocimiento del instructor policial, que consideró entonces que existía un peligro concreto de comisión de atentado. Unos días después se procedió, según la sentencia, a la detención de la mayor parte de los miembros del grupo.

La Sala opina que la prueba de cargo se sustenta en la abundante testifical aportada, tanto por los Mossos como a través de las versiones proporcionadas por el testigo protegido y el agente encubierto.

También por las documentación intervenida en los registros y los informes de los Tedax en relación con la posibilidad de fabricar artefactos explosivos o incendiarios siguiendo las anotaciones halladas en el domicilio de Antonio Sáez, así como el saco de azufre oculto bajo una trampilla en el domicilio de otro de los acusados.

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