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Distribución de créditos

04/11/2015
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Orden de 27 de octubre de 2015, por la que se realiza la distribución de créditos correspondientes a la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, para el ejercicio 2015, para la Línea 11, subvenciones a entidades privadas para Programas de Acción Social (BOJA de 3 de noviembre de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 27 DE OCTUBRE DE 2015, POR LA QUE SE REALIZA LA DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS CORRESPONDIENTES A LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, EN EL ÁMBITO DE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES, PARA EL EJERCICIO 2015, PARA LA LÍNEA 11, SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS PARA PROGRAMAS DE ACCIÓN SOCIAL.

Mediante Orden de 11 de agosto de 2015 se convocaron subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la Consejeria de Igualdad y Políticas Sociales para el ejercicio 2015 (BOJA núm. 158, de 14 de agosto de 2015), al amparo de la Orden de 21 de junio de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería (BOJA núm. 129, de 4 de julio de 2013).

En el artículo 5.2 de la citada Orden de 21 de junio de 2013, se determina que las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios que se establezcan en la correspondiente convocatoria, en la que se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención en dicha convocatoria. En aquellos casos en los que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen, existiesen dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que indique la convocatoria o, en su defecto, en una declaración posterior de distribución de créditos realizada con anterioridad al comienzo de la evaluación previa. Esta declaración se deberá formular por parte de quien efectuó la convocatoria y en los mismos medios de publicidad que ésta.

Así pues, de conformidad con el artículo 46.4 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 209/2015, de 14 julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, y lo previsto en la Orden de 21 de junio de 2013,

DISPONGO

Primero. Establecer la siguiente distribución de créditos de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, para la Línea 11 en la que existen dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva.

Para la Línea 11, subvenciones a entidades privadas para Programas de Acción Social, la cuantía inicial prevista para esta Línea se incrementa en una cuantía adicional de 379.036 euros en virtud de lo previsto en el punto 2 del apartado Cuarto de la Orden de 11 de agosto de 2015, resultando una cuantía máxima de 1.451.390 euros, con la siguiente distribución:

Almería 32.190,00 euros
Cádiz 128.346,00 euros
Córdoba 105.550,00 euros
Granada 66.280,00 euros
Huelva 90.140,00 euros
Jaén 74.670,00 euros
Málaga 114.160,00 euros
Sevilla 242.200,00 euros
Autonómico 597.854,00 euros
Total 1.451.390,00 euros

Segundo. La presente Orden tendrá efectividad a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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