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  • EDICIÓN DE 28/10/2015
 
 

Propuesta independentista

Expertos advierten que el gobierno en funciones en Cataluña complica la impugnación de la propuesta independentista

28/10/2015
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La reforma de la LOTC permite apartar a quienes ejecuten acuerdos anulados, como podrían ser Forcadell o Mas

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

La ausencia por el momento de un Gobierno constituido en Cataluña, el actual lo está en funciones, podría dificultar el proceso jurídico, ya de por sí complicado, que previsiblemente iniciará el presidente Mariano Rajoy para hacer frente a la propuesta de resolución presentada por Junts pel Sí y la CUP para iniciar el proceso de independencia de Cataluña.

Así lo han señalado expertos constitucionalistas consultados por Europa Press que centran dicha dificultad a la hora de fijar el sujeto o sujetos que, por ejecutar determinadas decisiones políticas, deben ser los destinatarios bien de las resoluciones que adopte el Tribunal Constitucional (TC) o bien de las órdenes que pudiera dar el Gobierno central en aplicación del artículo 155 de la Constitución.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha garantizado este martes que la propuesta de resolución para iniciar el proceso de independencia de Cataluña "no va a surtir efecto alguno" aunque se apruebe en el Parlament, gracias a los instrumentos del Tribunal Constitucional y los que da la propia Carta Magna.

DOS CAMINOS PARA ACTUAR

Los expertos consultados dividen en dos estos instrumentos jurídicos: por un lado estaría la impugnación ante el Tribunal Constitucional de las resoluciones que pudiera adoptar el Parlament -que ahora dispone de un doble mecanismo para lograr la ejecutividad de sus sentencias-; y por otro la aplicación del artículo 155 de la Constitución, que prevé la adopción por el Gobierno de las "medidas necesarias para obligar" a una comunidad autónoma a cumplir la Ley.

En relación con el primero de los caminos -que es por el que previsiblemente optará el Gobierno de aprobarse en el Parlament la resolución independentista presentada este martes-, supondrá que el Tribunal Constitucional, de aceptar la impugnación del Gobierno, deje sin efecto jurídico la decisión del parlamento catalán.

YA SE IMPUGNÓ EN 2013

Esta vía se empleó ya en 2013 con ocasión de la denominada 'declaración soberanista', que en un principio el TC dejó en suspenso para posteriormente, el 25 de marzo de 2014, dictar una sentencia en la que declaró "inconstitucional y nulo" el principio primero de la misma, según el cual "el pueblo de Cataluña tiene, por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano".

En dicha ocasión se consideró que lo aprobado por el Parlamento de Cataluña vulneraba los artículos 1.2 (que declara que la soberanía reside en el pueblo español) y 2 (que recoge la unidad de la nación española) de la Constitución, así como los artículos 1 y 2.4 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que establecen que Cataluña ejerce su autogobierno y la Generalitat sus poderes de acuerdo a la Carta Magna.

A esta vía se sumaría ahora la última reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), que dota de un plus de ejecutividad al órgano judicial posibilitando que, además de dejar sin efecto lo que apruebe el Parlamento catalán, pueda apartar de sus cargos a los "funcionarios o representantes" implicados.

Estos representantes no serían los cuatro diputados de Junts pel Sí y de la CUP que han registrado la propuesta, según han aclarado las mismas fuentes a Europa Press, sino aquella persona o personas que sean las encargadas de ejecutarla, como podría ser la presidenta del órgano legislativo, Carme Forcadell, o el propio presidente de la Generalitat, que ahora mismo es, en funciones, Artur Mas.

Por lo que respecta al artículo 155 de la Constitución, los expertos coinciden en destacar que la norma no concreta cuáles son las "medidas" a adoptar por el Gobierno para "obligar" a una comunidad autónoma a aplicar la Ley, si bien todos parecemos coincidir en que una de ellas sería la suspensión de la autonomía.

Dicha suspensión, que nunca se ha aplicado en nuestra democracia, supondría dejar sin funciones a los representantes políticos que ejecutaran las acciones contrarias a la ley. Aquí es donde nos encontrariamos con la dificultad añadida de dirigir esta actuación contra un Gobierno aún no constituido.

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