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Declaración de insurgencia; por Enric Fossas Espadaler, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Barcelona

28/10/2015
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El día 28 de octubre de 2015, se ha publicado en el diario El País, un artículo de Enric Fossas Espadaler, en el cual el autor considera que la propuesta de resolución que las dos formaciones independentistas presentaron ayer en el Parlament pone de manifiesto que el proceso catalán de independencia exprés nada tiene que ver con los modelos de secesión del mundo civilizado, a los que a menudo se dice seguir.

DECLARACIÓN DE INSURGENCIA

La propuesta de resolución que las dos formaciones independentistas presentaron ayer en el Parlament pone de manifiesto, por si alguien lo dudaba, que el proceso catalán de independencia exprés nada tiene que ver con los modelos de secesión del mundo civilizado, a los que a menudo se dice seguir. Y no solo porque España no es Canadá ni Gran Bretaña, como gusta repetir a los soberanistas, sino porque Cataluña no es Quebec ni Escocia. En ninguna de estas dos naciones, que también anhelan la independencia, se entendería que su Parlamento aprobara una declaración instando al Gobierno a desobedecer la Constitución y al Tribunal Constitucional del Estado, del que se pretende una “desconexión democrática” sin más legitimación que una mayoría absoluta de escaños, pero sin una mayoría de votos, en contra de lo que afirma el primer punto de la resolución. La propuesta de Junts pel Sí y la CUP no es una más de las 11 que el Parlament ha adoptado desde 1980 sobre el derecho de autodeterminación, y deja carente de sentido la Declaración de soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña, de enero de 2013, anulada parcialmente por el Tribunal Constitucional en su sentencia 42/2014. Ahora ya no se invoca a ese derecho inexistente, el invento político que ha ocupado el centro del discurso político soberanista, sino que se declara “solemnemente” el inicio de “un proceso de creación del Estado catalán independiente en forma de república”, y la apertura de un “proceso constituyente” a fin de “preparar las bases de la futura Constitución catalana”. Se sigue así la hoja de ruta aprobada en marzo de 2015 por Convergència Democràtica (CDC), Esquerra Republicana (ERC), la Asamblea Nacional Catalana (ANC), Òmnium Cultural y la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI), que ya preveía una declaración inicial “como anuncio e inicio del proceso hacia la proclamación de un nuevo Estado” y la elaboración de un proyecto de texto constitucional en el plazo de 10 meses. Un camino que ya entonces parecía delirante. Si nada lo impide, el Parlament aprobará en sesión solemne una resolución declarando que la Constitución española ya no está vigente en Cataluña, y de ahí que no tenga sentido su impugnación ante el Tribunal Constitucional, al que además se considera “deslegitimado”. El proceso abandonará así definitivamente el mundo del derecho, al que hasta ahora ha intentado soslayar con astucias, para adentrarse en el mundo prejurídico, el de la soberanía y el poder constituyente. Se aparta de los valores de la Unión Europea, y se aleja del constitucionalismo como invento ilustrado para controlar jurídicamente al poder político. Ni legitimidad democrática ni Estado de derecho. La propuesta de resolución no es una declaración unilateral de independencia, es una declaración de insurgencia que sitúa al proceso fuera del mundo civilizado.

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