ORDEN DE 14 DE OCTUBRE DE 2015 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015 POR LA QUE SE REGULAN LAS OPERACIONES DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2015 Y APERTURA DEL EJERCICIO 2016.
Las necesidades de gestión de determinados gastos dentro de este ejercicio hace necesario ampliar los plazos contenidos en la Orden de 30 de septiembre de 2015 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2015.
En su virtud, tengo a bien disponer:
Artículo 1.
La excepción contenida en el apartado 11 de la instrucción 3.2 queda redactada con el siguiente tenor literal:
- Ayudas para la Renta Básica Extremeña de Inserción de la Ley 9/2014 y encargos de gestión necesarios para la tramitación de las mismas, cuya fecha límite es el 31 de diciembre.
Igualmente para las ayudas de apoyo social para contingencias.
Artículo 2.
Se añaden a las excepciones ya contempladas en la instrucción 3.2 de la Orden de 30 de septiembre de 2015 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2015, las que se detallan a continuación, para las cuales la fecha límite de entrada en las Intervenciones Delegadas es el 31 de diciembre.
Tabla omitida.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.