Diario del Derecho. Edición de 14/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 07/10/2015
 
 

Échale la culpa a Snowden; por Paloma Llaneza, abogada experta en protección de datos

07/10/2015
Compartir: 

El día 7 de octubre de 2015, se ha publicado en el diario El País, un artículo de Paloma Llaneza, en el cual la autora opina que la sentencia dictada ayer otorga jurisdicción sobre las empresas estadounidenses que tengan datos de europeos, lo que es tanto como someterlas al cumplimiento de la normativa europea.

ÉCHALE LA CULPA A SNOWDEN

Pensemos en un mundo en el que Facebook, Twitter o WhatsApp no estaban ni en la mente de sus creadores. Un tiempo en que los teléfonos sólo servían para llamadas de voz o mensajes de 140 caracteres, una época en la que Google llevaba sólo dos años en el mercado y aún prometía no hacer el mal. En ese tiempo, el año 2000, la UE aún recomendaba técnicas de anonimización para proteger la intimidad de los ciudadanos y creía que la directiva de Puerto Seguro era un pacto entre caballeros que mejoraba el desarrollo tecnológico permitiendo un intercambio de datos con EE UU más rápido que con cualquier otro país tercero.

Vinieron los atentados del 11 de septiembre y con ellos la interceptación indiscriminada de datos. Bajo la premisa de que cualquiera podría convertirse en terrorista, nadie quedaba libre del escrutinio. Así que se investigó a todos y la UE se plegó a las nuevas necesidades de información en aras de la seguridad global. Así estuvimos años, sospechando que la aplicación de la USA Patriot Act contaba con la colaboración de las grandes empresas de Internet. Y llegó Snowden y nos lo confirmó. Cuando nos desveló la extensión y la gravedad del espionaje la Comisión Europea por fin reaccionó. En 2013, cuestionó que la aplicación del puerto seguro protegiera de manera efectiva los datos de los europeos, no sólo de las empresas que los trataban sino de la propia Administración estadounidense. Las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE que siguieron a esa comunicación han pavimentado el camino hacia una exigencia de control de los poderes de investigación del Estado (la anulación de la directiva de retención de datos) y un sometimiento de las tecnológicas de EE UU a la legalidad europea (sentencia Google de derecho al olvido).

La sentencia dictada ayer establece que los datos personales de los ciudadanos europeos almacenados por empresas americanas no tienen un nivel de protección similar al que se les otorga en la UE por la adhesión a la directiva de Puerto Seguro y, por tanto, las autoridades nacionales de Protección de Datos pueden suspender su aplicación si tienen sospechas de que las normas europeas no se cumplen. Resalta la sentencia, parafraseando a la Comisión, de que todas las entidades que estaban en el programa de la NSA que desveló Snowden estaban en la lista de puerto seguro.

A la vista de esta situación, el fallo considera obsoleta la directiva y establece un principio simple pero que puede dar en la línea de flotación de las más grandes empresas tecnológicas: da la posibilidad a las autoridades nacionales de protección de datos de suspender la aplicación del sistema de puerto seguro y, por tanto, la transferencia de datos si un ciudadano alega que las prácticas de ese país o empresa incumple el nivel de protección de datos europeo. La sentencia otorga jurisdicción sobre las empresas estadounidenses que tengan datos de europeos, lo que es tanto como someterlas al cumplimiento de la normativa europea; algo que ya adelantó en su sentencia en el caso del derecho al olvido.

Si los datos son el nuevo petróleo, muchas empresas o cumplen las normas europeas o van a tener que parar en el arcén.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: En España gobierna el parlamentarismo negativo; por Javier Tajadura Tejada, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco
  2. Actualidad: Ábalos renuncia a su abogado por "diferencias irreconducibles" dos días antes de declarar ante el Supremo
  3. Tribunal Supremo: El TS examina si un resbalón y una caída, ocurrido al salir del domicilio para dirigirse al puesto de trabajo, constituye o no un accidente de trabajo in itinere
  4. Tribunal Supremo: Las diligencias preliminares ante la jurisdicción civil para indagar la existencia de un contrato de seguro de responsabilidad civil de la Administración no interrumpen la prescripción de la acción de responsabilidad patrimonial de la Administración
  5. Tribunal Supremo: El TS absuelve a un conductor de un delito contra la seguridad vial al aplicar el redondeo hacia abajo del resultado de la segunda prueba de alcoholemia
  6. Actualidad: La Comisión de Venecia ve problemas de "politización externa e interna" en los modelos propuestos para elegir CGPJ
  7. Actualidad: La Comisión de Venecia ve riesgo de un nuevo bloqueo con el modelo del CGPJ y aconseja que si los jueces eligen no haya avales
  8. Tribunal Supremo: No es válida la reducción de la base imponible en el Impuesto de Sociedades cuando se aprecia la existencia de simulación de un préstamo concedido a los socios que encubre un reparto de dividendos
  9. Actualidad: El Supremo rechaza la petición de Cerdán de suspender las declaraciones de Ábalos y Koldo García del 15 y 16 de octubre
  10. Actualidad: El Supremo contesta a la Fiscalía Europea que de momento no le consta que las obras del 'caso Koldo' afecten a fondos UE

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana