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TSJPV

El TSJPV avala la concesión de ayudas del Gobierno vasco a Etxerat destinadas a la educación en prisiones

02/10/2015
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Rechaza que afecte a los derechos de las víctimas ni que implique desconocer la exigencia de deslegitimación del terrorismo

BILBAO, 1 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha avalado la concesión de ayudas a la Asociación de Familiares de Presos de ETA, Etxerat, concedidas por el Gobierno vasco para un programa de educación en las prisiones. En este sentido, recuerda que el derecho de los reclusos a la educación está reconocido en la Ley y rechaza que, de esta forma, se conculquen derechos de las víctimas o que "se desconozca" la exigencia de deslegitimación del terrorismo.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TSJPV ha desestimado el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra la resolución del 27 de diciembre de 2013 de la Directora de Víctimas y Derechos Humanos del Gobierno vasco por la que se resolvieron las subvenciones a organizaciones y movimientos sociales que realizan proyectos en materia de paz, convivencia y derechos humanos, publicada en el BOPV el 25 de febrero de 2014.

La Sala niega que esta resolución conculque "el principio de memoria", consagrado en el artículo 2 de la Ley 29/2011 del 22 de septiembre de reconocimiento y protección integral de la víctimas del Terrorismo, así como "los derechos de paz, convivencia y libertad", recogidos en el artículo 9 de la Ley del Parlamento vasco 4/2008 de reconocimiento y reparación de las víctimas del terrorismo.

El alto Tribunal vasco cree que el hecho de que se haya concedido una subvención para el proyecto dirigido a garantizar el derecho a la educación en las prisiones "no puede considerarse que implique desconocer la exigencia de deslegitimación ética, social y política del terrorismo, al margen de que el proyecto tenga como destinatarios al conjunto de internos en centros penitenciarios" y al margen "de la obviedad" de que Etxerat tenga como objetivo "principal" conseguir "el regreso al País Vasco de los presos y exiliados".

Asimismo, señala que no se puede considerar que "articular pautas dirigidas a favorecer la educación de quien está privado de libertad en los centros penitenciarios, implique una afección a las víctimas del terrorismo". Además, recuerda que el de la educación es un derecho fundamental que ya está previsto en la Ley Orgánica General Penitenciaria.

El TSJPV destaca que ya dijo, en una sentencia que dictó en 2011, que, pese a la gravedad de los delitos de terrorismo, la Ley Orgánica General Penitenciaria reconoce derechos a los presos, como en este caso el de la educación, por lo que las políticas públicas dirigidas a favorecerlos, responden a "un fin legítimo desde la perspectiva constitucional, cual es la satisfacción de un derecho reconocido por la Ley".

Asimismo, da la razón al Gobierno vasco en su argumentación de que Etxerat es "una asociación legalmente constituida, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones". También considera "contradictorio" que se recurra la subvención destinada a garantizar el derecho a la educación en las cárceles y no la que está dirigida a la atención psicológica a los familiares de presos.

COMPETENCIA

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechaza, además, el argumento de que el Gobierno vasco no tenga competencias para subvencionar el proyecto dirigido a garantizar el derecho a la educación en las cárceles al no habérsele transferido Prisiones.

Por un lado, la Sala recuerda que las normas establecen que "las Administraciones educativas prestarán el servicio educativo en los establecimientos penitenciarios radicados en su ámbito territorial, de acuerdo con las necesidades y peculiaridades de la actividad educativa que se desarrolla en dichos centros".

A ello une, por otro lado, "el ámbito de intervención propio de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la salvaguarda y protección de los derechos humanos".

De esta forma, el TSJPV confirma la resolución del 27 de diciembre de 2013 de la Directora de Víctimas y Derechos Humanos del Gobierno vasco por la que se resolvieron las subvenciones a organizaciones y movimientos sociales que realizan proyectos en materia de paz, convivencia y derechos humanos, y rechaza declarar su nulidad, como planteó la Administración General del Estado en su recurso.

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