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Proyecto de ley reguladora de la Protección social de los trabajadores del sector marítimo-pesquero

Se retrasa a 2016 la inclusión de nuevos colectivos en el régimen de trabajadores del mar

06/08/2015
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El Gobierno retrasará finalmente al año próximo la inclusión de nuevos profesionales en el régimen de trabajadores del sector marítimo-pesquero de la Seguridad Social, al igual que otras medidas contenidas en la nueva regulación como las clasificaciones a efectos de cotizaciones o los coeficientes correctores.

MADRID, 5 Ago. (EUROPA PRESS) -

Así consta en una de las siete enmiendas que el Grupo Popular ha registrado en el Congreso al proyecto de ley reguladora de la Protección social de los trabajadores del sector marítimo-pesquero, a las que ha tenido acceso Europa Press y que serán tramitadas por la Comisión de Empleo.

Aunque la mayor parte de las propuestas de modificación corresponden a correcciones técnicas, los 'populares' plantean un cambio en la disposición de entrada en vigor de la norma, que con carácter general se producirá el primer día del mes siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

EXCEPCIONES

Sin embargo, se retrasa al 1 de enero de 2016 la entrada en vigor de algunas disposiciones, entre ellas la inclusión en este régimen de protección social de los trabajadores por cuenta ajena que trabajen en buques mercantes o de pesca marítima como investigadores, observadores de pesca o personal de seguridad.

Lo mismo aplicará a los buceadores extractores de recursos marítimos o con titulación profesional en actividades industriales, incluyendo la actividad docente; a los prácticos de los puertos, a los trabajadores administrativos, técnicos y subalternos de empresas marítimo-pesqueras y de estiba portuaria, o a los que sean cedidos por una ETT a compañías de manipulación de mercancías en puertos.

Quienes den servicio a cofradías, cooperativas del mar, sindicatos del sector y asociaciones de armadores, así como los trabajadores de tráfico interior del puerto o quienes realicen actividades deportivas y de recreo también tendrán que esperar al año próximo para beneficiarse del nuevo régimen de protección social.

En la misma enmienda, el Grupo Popular plantea aplazar hasta 2016 también la nueva división en grupos de los trabajadores del sector marítimo-pesquero a efectos de cotización, así como la aplicación de los coeficientes correctores.

INCAPACIDAD PERMANENTE

Las enmiendas del partido que da sustento al Gobierno prevén también que las pensiones de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o de gran invalidez derivadas de contingencias comunes puedan causarse aunque en el momento del hecho causante los interesados no se encontraran dados de alta en la Seguridad Social, como ya se prevé en el Régimen General.

En estos casos, se aplicará lo que ya prevé la Ley General de la Seguridad Social, de modo que deberán haber cotizado al menos durante quince años, repartiéndose al menos 1.800 días en los diez años inmediatamente anteriores a la fecha en la que se extinguiera la incapacidad temporal que precedió a la permanente.

Por último, el PP exime a todas las bonificaciones que se estén percibiendo hasta la entrada en vigor de la nueva normativa de las incompatibilidades que se prevén con los coeficientes correctores. En el proyecto de ley original sólo se exceptúa de la regla general de incompatibilidad a las bonificaciones derivadas de la reforma laboral de 2012 para familiares de autónomos que se dieran de alta en calidad de colaboradores.

NUEVOS 3.000 BENEFICIARIOS

El proyecto de ley de Protección social de los trabajadores del sector marítimo-pesquero fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 3 de julio con la intención de unificar la dispersión normativa existente y las distintas sentencias de los tribunales que han creado jurisprudencia y que han servido para configurar la organización y protección del sector laboral ligado a la actividad en el mar.

Entre sus novedades más destacadas destacan la nueva definición que se hace de los beneficiarios de las prestaciones que gestiona el Instituto Social de la Marina (ISM), independientemente del régimen en que se hallen encuadrados, y la incorporación de unos 3.000 trabajadores autónomos y asalariados al Régimen Especial de la Seguridad Social del Mar.

En este sentido, se incorporan al colectivo de trabajadores por cuenta ajena el personal que presta sus servicios en plataformas fijas (petrolíferas, de gas o similares), trabajadores dedicados a la acuicultura, buceadores profesionales, rederos, estibadores portuarios, trabajadores dedicados a actividades de investigación y personal de seguridad.

En cuanto a los autónomos del Mar, figuran los trabajadores de Marina Mercante, de embarcaciones deportivas y de recreo o de tráfico interior de puerto, además de aquéllos que realizan actividades relacionadas con la pesca marítima en cualquiera de sus modalidades, regulándose expresamente el concepto de acuicultura y buceadores.

La norma pretende asimismo una simplificación en cuanto a la regulación del Régimen del Mar, ya que recoge solamente las especificidades del mismo en materia de cotización y coeficientes reductores de la edad de jubilación, que serán de un máximo de diez años, refiriéndose en el resto de materias a la normativa general de la Seguridad Social.

En este sentido, se estructura el Régimen Especial de Trabajadores del Mar en dos grandes grupos --autónomos y asalariados--, eliminándose modalidades ficticias de encuadramiento como la de los armadores embarcados; se clarifica el concepto de estibador portuario de acuerdo con la definición realizada en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y se incluye la prestación de asistencia sanitaria y actividades formativas a los trabajadores del sector.

NO SE GASTARÁ MÁS

Este nuevo régimen no supondrá, sin embargo, nuevos gastos para la Seguridad Social, dado que en principio no se aplicará ningún coeficiente corrector de la cotización y los que puedan utilizarse para adelantar la edad de jubilación irán acompañados por norma general por cotizaciones adicionales, tal y como consta en la memoria de impacto que acompaña al proyecto y que recoge Europa Press.

Según el documento, el proyecto "no incorpora ninguna modificación en cuanto a prestaciones o servicios", sino que se limita a "actualizar la normativa" y a refundirla en un único texto para evitar la dispersión, así como a incorporar al régimen especial algunos colectivos nuevos que "en un futuro podrían verse beneficiados por la aplicación de los coeficientes reductores de la edad de jubilación".

Algo que, en cualquier caso, no se estipula en este momento, por lo que ni la norma ni su aplicación supondrán incremento de dotaciones, retribuciones ni otros gastos de personal, según afirma el Ejecutivo, que sí prevé un impacto positivo en los gastos administrativos gracias a la reducción de algunos trámites duplicados en el registro de buques, medida que ya está "plenamente operativa" con un ahorro estimado de más de un millón de euros anual.

Así, incluso el aumento futuro de beneficiarios de los coeficientes correctores "no supondría un coste adicional para el sistema" ya que irá acompañado de una cotización adicional que compensaría el mayor gasto.

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