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Plan de Formación 2015

23/07/2015
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Resolución de 15 de julio de 2015, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la participación en el Plan de Formación 2015 de esta Agencia Administrativa (BOJA de 22 de julio de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 15 DE JULIO DE 2015, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD, POR LA QUE SE REGULA LA CONVOCATORIA PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL PLAN DE FORMACIÓN 2015 DE ESTA AGENCIA ADMINISTRATIVA.

La Ley 9/1996, de 26 de diciembre Vínculo a legislación, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, creó en su disposición adicional primera el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo de carácter administrativo; configurándose actualmente como una Agencia Administrativa en virtud de lo establecido en el Decreto 216/2010, de 28 de junio, de adecuación de diversos organismos autónomos a las previsiones de la Ley 9/2007, de 22 octubre Vínculo a legislación, Administración de la Junta de Andalucía. Por otra parte, esta agencia ha sido adscrita a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales según Decreto de la Presidenta 12/2015, de 18 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

En virtud de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre Vínculo a legislación, anteriormente mencionada, y del Decreto 118/1997, de 22 de abril Vínculo a legislación, por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, se atribuye al mismo, entre otras funciones, “la planificación, programación, organización, seguimiento y evaluación de las actuaciones en materia de juventud impulsadas por la administración de la Junta de Andalucía”.

El II Plan Integral de Juventud 2011-2014 “Plan Gyga”, se configuró, durante su vigencia, como marco de referencia para la planificación y puesta en marcha de las actuaciones que en materia de juventud se acometan en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En estos momento se encuentra en elaboración un nuevo Plan Gyga que, continuando con el espíritu y la filosofía del anterior, va a centrar sus esfuerzos en tres retos fundamentales: emancipación de la juventud andaluza; participación y formación en valores; y calidad de vida.

El Plan de Formación del Instituto Andaluz de la Juventud para 2015 debe colaborar en la consecución de estos grandes retos del Plan Gyga y por ello incide en la formación específica de la juventud en competencias para la emancipación, como estrategia para una mejor incorporación laboral. De igual modo se apoya también la formación encaminada, por un lado, al fomento entre la juventud de la participación y la asunción de valores que permitan su desarrollo personal y social y, por otro lado, al fomento, mejora y potenciación del tejido asociativo juvenil. Asimismo va a incidir en el área de calidad de vida, ocio y tiempo libre a través de la formación en prevención de conductas de riesgo, difusión de hábitos de vida saludable, prácticas de ocio educativas, fomento de actividades deportivas y potenciación de la creatividad.

Igualmente, el Instituto Andaluz de la Juventud considera relevante formar a los/las profesionales que trabajan directamente con la juventud a quienes se oferta un programa formativo encaminado a mejorar su práctica profesional, multiplicando con ello el efecto de la formación.

Mediante la Resolución de 3 de julio Vínculo a legislación de 2015, del Instituto Andaluz de la Juventud, se ha aprobado el Plan de Formación para el año 2015 de esta Agencia y se ha hecho pública la oferta de actividades formativas incluidas en el mismo (BOJA núm. 131, de 8 de julio de 2015).

De conformidad con lo establecido en el apartado 3.3 de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre Vínculo a legislación, en relación con lo dispuesto en el artículo 9 Vínculo a legislación del Decreto 118/1997, de 22 de abril, y en el apartado duodécimo de la Resolución de 25 de marzo Vínculo a legislación de 2015, anteriormente citada, y demás normas de general aplicación

HE RESUELTO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto convocar la participación en el Plan de Formación 2015 del Instituto Andaluz de la Juventud.

Segundo. Cursos ofertados.

Dentro del Plan de Formación se ofertan para el año 2015 un total de 128 actividades formativas.

El Plan de Formación 2015 fue aprobado por Resolución de 3 de julio Vínculo a legislación de 2015 del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se hacen públicos los proyectos aprobados correspondientes al Plan de Formación 2015 de esta Agencia y se hace pública la oferta de actividades formativas incluidas en el mismo (BOJA núm. 131, de 8.7.2015).

Tercero. Líneas Formativas.

Atendiendo al contenido y finalidad de las actividades a realizar, las mismas se ajustan a las siguientes líneas formativas:

1. Formación para el Personal Técnico de Juventud: Actividades formativas dirigidas al Personal Técnico de Juventud de ayuntamientos y otras corporaciones locales, asociaciones, entidades y Centros de Información Juvenil, al objeto de que mejoren su práctica profesional. Las personas destinatarias no tendrán límite de edad para optar a dichas acciones formativas.

2. Formación en Empleabilidad, Emprendimiento y Emancipación: Mediante esta línea ofertamos a las personas jóvenes formación en capacidades básicas que pueden resultar útiles para el desempeño de un puesto de trabajo, acciones directamente encaminadas a la adquisición de conocimientos específicos en determinadas áreas de nuestra competencia y potenciamos el emprendimiento y el autoempleo como salidas profesionales.

Las personas destinatarias serán jóvenes de entre 16 y 35 años, preferentemente desempleados.

3. Formación en Participación, Valores y Calidad de Vida: Incluye la formación dirigida a jóvenes en general y centrada en cuestiones relacionadas con hábitos de vida saludables, consumo responsable, prácticas de ocio educativo, impulso de la creatividad y fomento de la participación social de la juventud de manera eficaz. Por otro lado, también fomenta entre las personas jóvenes actitudes y valores democráticos, de igualdad, respeto a la diversidad, convivencia y solidaridad. Las personas destinatarias serán jóvenes de entre 14 y 30 años.

4. Formación para el Movimiento Asociativo Juvenil: Actividades formativas dirigidas, por un lado, a Asociaciones Juveniles para que mejoren la gestión que se realiza desde las mismas y por otro lado, a personas jóvenes para fomentar el asociacionismo juvenil y fortalecer el tejido asociativo juvenil, como herramientas de transformación de la realidad en la que están inmersos. Las personas destinatarias serán jóvenes de entre 14 y 30 años.

Cuarto. Solicitud, cumplimentación y plazo de presentación.

1. El formulario de solicitud es el que figura como Anexo I de la presente Resolución y podrá obtenerse en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud en la dirección www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.

Igualmente, estará a disposición en las sedes del Instituto Andaluz de la Juventud y en sus Direcciones Provinciales.

2. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará diez días hábiles antes del inicio de la actividad formativa, concluyendo cinco días hábiles antes de la fecha prevista para el comienzo de la misma.

3. Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud, en cuyo ámbito territorial se vaya a realizar la actividad formativa convocada, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, se podrán presentar de manera telemática de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 183/2003, de 24 de junio Vínculo a legislación, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medio electrónico (Internet). Para la tramitación telemática, las personas interesadas podrán dirigirse a la siguiente dirección electrónica:

https://ws133.juntadeandalucia.es/oficinaVirtual.

4. La realización de las actividades contenidas en el Plan de Formación del Instituto Andaluz de la Juventud devengará el precio público, de conformidad con la Ley 4/1988, de 5 de julio Vínculo a legislación, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, fijado conforme se determina en la Orden de la Consejería de la Presidencia de 26 de noviembre de 2001, por la que se redenominan en euros el importe de los precios públicos percibidos por esta Consejería y de los Organismos de ella dependientes, quedando establecidos como se reflejan a continuación:

- Cursos hasta 25 horas: 7,14 €.

- Cursos de 26 a 50 horas: 14,42 €.

- Cursos de 51 a 75 horas: 21,64 €.

- Jornadas y seminarios: 14,42 €.

Es, por consiguiente, requisito imprescindible para poder participar en la actividad y obtener el certificado correspondiente haber satisfecho el pago del precio público correspondiente.

5. No se procederá al reintegro de los precios públicos abonados por el alumnado cuando la realización de los cursos no sea posible por cualquier causa no imputable al Instituto Andaluz de la Juventud.

Quinto. Selección de participantes.

Los destinatarios están fijados de modo específico para cada una de las actividades formativas en función del programa, sus objetivos y del perfil de las personas destinatarias. Dicha información será publicada en la web del Instituto Andaluz de la Juventud.

Se contemplará, como criterio básico, que el alumnado se ajuste al perfil de las personas destinatarias previsto para cada actividad formativa. No obstante, dado que en los cursos presenciales y semipresenciales se considera obligatoria la asistencia, como mínimo al 90% del total de horas de los mismos, también se valorará para los mismos la disponibilidad del alumnado para desarrollar todo el proceso formativo.

Sexto. Información a las personas seleccionadas.

La relación de las personas admitidas será expuesta tres días antes del comienzo de la actividad en el tablón de anuncios de la sede del Instituto Andaluz de la Juventud, en la provincia de realización de la misma. Los solicitantes que no aparezcan en esta relación se considerarán no admitidos.

Séptimo. Número de plazas y metodología.

1. Número de plazas. El número de plazas estará limitado a un máximo de 25 personas, por curso o actividad formativa, para facilitar el aprendizaje colectivo y la utilización de una metodología participativa, excepto en jornadas, encuentros o similares y a distancia y semipresenciales, donde la participación podrá ser superior.

2. Duración, localidad y calendario. Las localidades de realización son las que se establecen en el Anexo I de la presente Resolución, sin perjuicio de la difusión específica que se pueda dar de cada actividad, salvo que concurran circunstancias que obliguen a un cambio de programación, que en su caso se comunicará a cada persona. Las fechas programadas para el comienzo de cada una de las actividades formativas son las que aparecen en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud en la dirección www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.

3. Modalidad. Dichas actividades formativas se realizarán en la modalidad de cursos presenciales, semipresenciales y cursos a distancia.

4. Horario. Para facilitar al máximo la participación, las actividades presenciales se desarrollarán preferentemente en horario de tarde o en fines de semana, aunque también habrá cursos en horario de mañana. En la difusión específica en la web se publicitará el horario de cada actividad.

Octavo. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Anexos

Omitidos.

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