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  • EDICIÓN DE 01/07/2015
 
 

Ministerio de Justicia

Justicia está "deseando leer" el recurso contra la prisión permanente y duda que haya argumentos para anularla

01/07/2015
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El Ministerio de Justicia está "deseando leer" el recurso de inconstitucionalidad que ha preparado el PSOE contra la prisión permanente revisable incluída en el nuevo Código Penal. Fuentes del Ministerio aseguran que el departamento dirigido por Rafael Catalá está muy interesado en conocer qué argumentos puede incluir el escrito dado que confía plenamente en que la medida encaja en la Constitución.

MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

La prisión permanente, que forma parte de la reforma legal que entrará en vigor este miércoles, garantiza la resocialización y rehabilitación de los condenados por delitos graves. Ha contado con los informes favorables del Consejo de Estado, el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía y existe en numerosas democracias del entorno de España, agregan.

"El recurso nos dará luz sobre la figura, quizá aprendamos algo que no hemos sido capaces de ver", han apuntado estas fuentes que han puesto de manifiesto que las penas previstas no son de mayor duración que las ya existentes en la actualidad.

La denominada por sus críticos "cadena perpetua" revisable, fue planteada por el Ministerio de Justicia de Alberto Ruiz-Gallardón y mantenida después por su sucesor Catalá. Concitó las ataques de toda la oposición, que ahora se suma al recurso anunciado por los socialistas, durante la tramitación parlamentaria del Código Penal.

La nueva pena de prisión permanente revisable podrá ser impuesta únicamente en supuestos de excepcional gravedad --asesinatos especialmente graves, homicidio del Jefe del Estado o de su heredero, de Jefes de Estado extranjeros y en los supuestos más graves de genocidio o de crímenes de lesa humanidad-- en los que está justificada una respuesta extraordinaria mediante la imposición de una pena de prisión de duración indeterminada, si bien sujeta a un régimen de revisión.

Así, tras el cumplimiento íntegro de una parte relevante de la condena, cuya duración depende de la cantidad de delitos cometidos y de su naturaleza, acreditada la reinserción del penado, éste puede obtener una libertad condicionada al cumplimiento de ciertas exigencias, en particular, la no comisión de nuevos hechos delictivos. Se trata, argumenta el Ejecutivo, de un modelo extendido en el Derecho comparado europeo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado ajustado a la Convención Europea de Derechos Humanos.

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