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  • EDICIÓN DE 10/06/2015
 
 

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El TS anula el Real Decreto que regula las subvenciones a ONGs de ayuda social

10/06/2015
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La decisión, que afecta a todo el territorio nacional, estima un recurso presentado por la Generalitat de Cataluña

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha declarado nulo el Real Decreto 535/2013 en el que quedaban establecidas las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de ámbito estatal del Tercer Sector --es decir, ONG's y otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realizan actividades de interés general-- colaboradoras con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

El alto tribunal ha estimado un recurso presentado por la Generalitat de Cataluña que alegaba que la Administración General del Estado no respetaba en el decreto su "competencia exclusiva en materia" de asistencia.

No obstante, la nulidad del decreto afecta a todo el territorio nacional al tratarse de una disposición de carácter general. La sentencia explica esta cuestión de forma expresa ya que rechaza una pretensión de la Abogacía del Estado que había reclamado que se limitase la anulación de la norma a esa comunidad autónoma.

La sentencia indica que la competencia exclusiva en materia de asistencia social es de las comunidades autónomas siempre que la tengan asumida en sus estatutos. En opinión de los magistrados el Estado "no invoca un título competencial suficiente" por lo que, en aplicación de la doctrina del Tribunal Constitucional, la intervención estatal debe realizarse de forma genérica o global.

NUTRIR LA HACIENDA AUTÓNOMICA

Así, la resolución concreta que los fondos destinados a las ONGs deben integrarse "como un recurso que nutre la hacienda autonómica" y consignarse en los Presupuestos Generales del Estado como transferencias corrientes o de capital a las comunidades autónomas, de forma que la asignación quede territorializada.

La consideración de estas entidades como "colaboradoras" de la Secretaría no basta como criterio para incluir su subvención entre las materias de competencia exclusiva del Estado, agrega.

"Debemos insistir que se trata de entidades privadas, que se encuentran extramuros de la organización y funcionamiemnto de las administraciones públicas", precisa.

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