BRUSELAS, 21 May. (EUROPA PRESS) -
El fallo desestima el recurso de Nutrexpa contra una resolución anterior de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), con sede en Alicante, que ya había rechazado el registro de 'Cuétara María Oro'.
El Tribunal General concluye, en contra de lo que alegaba Nutrexpa, que sí existe riesgo de confusión porque "los productos cubiertos las marcas de ambas empresas son idénticos o similares" y "para la mayor parte del público de referencia, dichas marcas en conflicto presentan cierto grado de similitud visual y fonética, debido a la presencia del término 'oro' en ambas".