MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
El alto tribunal ha estimado parcialmente el recurso presentado por Silva contra tres sanciones impuestas en 1013 por actos que fueron detectados en una inspección general ordinaria sobre el Juzgado.
Confirma dos de las sanciones, de siete días de suspensión de funciones y de 600 euros de multa, respectivamente, y reduce la tercera, que era de 4 meses de suspensión, por otra de 3 meses de suspensión.
La sanción de siete días de suspensión que se confirma se le impone como responsable de una falta muy grave por no motivar adecuadamente dos sentencias y dos autos judiciales; y la multa de 600 euros ratificada se refiere a una falta de desconsideración con una fiscal.
SANCIÓN REDUCIDA
En cuanto a la sanción reducida, por falta muy grave de desatención, se reduce de 4 a 3 meses, por entender el Supremo que uno de los tres hechos en los que se basó era, en realidad una conducta disciplinariamente atípica. En concreto Elpidio Silva no expuso hechos en autos en los que ordenó la transformación de diligencias previas por los trámites del procedimiento abreviado.
Sin embargo, sí mantiene los otros dos hechos imputados como falta de desatención: el incumplimiento del deber de estar presente en el Juzgado a la hora de comienzo de las guardias, y el incumplimiento de la función indelegable de dar personalmente las instrucciones necesarias sobre las diligencias a practicar en esos mismos días de guardia.