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Acción concertada en materia de prestaciones de servicios sanitarios

17/04/2015
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Orden de 31 de marzo de 2015, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se modifica la Orden de 27 de abril de 2007, por la que se regula la acción concertada en materia de prestaciones de servicios sanitarios (BOA de 16 de abril de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 31 DE MARZO DE 2015, DEL CONSEJERO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 27 DE ABRIL DE 2007, POR LA QUE SE REGULA LA ACCIÓN CONCERTADA EN MATERIA DE PRESTACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS.

La Orden de 27 de abril de 2007, por la que se regula la acción concertada en materia de prestaciones de servicios sanitarios, establece la relación de procedimientos y servicios susceptibles de ser concertados con proveedores ajenos al Sistema de Salud de Aragón, las modalidades de prestación sanitaria, los servicios incluidos y las tarifas máximas por las que pueden ser concertados, señalándose en la misma la posibilidad de ser modificado por la supresión de prestaciones, modificación o ampliación de servicios y la inclusión de nuevas exigencias técnico asistenciales, así como la revisión de las correspondientes tarifas.

A su vez, mediante órdenes de 14 de mayo de 2008, 18 de diciembre de 2008, de 9 de marzo de 2009, de 21 de enero de 2010 y de 20 de junio de 2014, se ha modificado el anexo I de la mencionada Orden de 27 de abril de 2007.

En la actualidad se ha comprobado la necesidad de ampliar el citado anexo I, en lo referente a inclusión de tarifas de determinados procedimientos diagnósticos y terapéuticos, con el fin de tener prevista la terapia de determinadas patologías que, por sus características o por su gravedad, no permitan demora en su inicio y sea necesario concertar el procedimiento con centros ajenos al Sistema Público de Salud de Aragón.

Mediante la presente orden se procede a incluir las tarifas máximas de los procedimientos terapéuticos Cirugía de Mohs y Radioterapia esteroatáxica fraccionada, y la tarifa máxima del procedimiento diagnóstico de localización de ganglio centinela.

Por todo ello, y de acuerdo con las competencias que tiene atribuidas este Departamento, dispongo:

Artículo único. Aprobar la modificación del anexo I de la Orden del Departamento de Salud y Consumo, de 27 de abril de 2007, por la que se regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sanitarios, y que afecta a los apartados 1.1, 2.2 y 3.2 mediante la inclusión de las nuevas técnicas y servicios que se recogen en el anexo.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Anexo

Omitido.

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