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Zonas de Especial Protección para las Aves "Colonia de cernícalo primilla de Jerez de los Caballeros"

14/04/2015
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Decreto 56/2015, de 7 de abril, por el que se declara las Zonas de Especial Protección para las Aves "Colonia de cernícalo primilla de Jerez de los Caballeros" (Código ES0000533) y "Colonias de cernícalo primilla y el Cachón de Plasencia" (Código ES0000534) (DOE de 13 de abril de 2015). Texto completo.

DECRETO 56/2015, DE 7 DE ABRIL, POR EL QUE SE DECLARA LAS ZONAS DE ESPECIAL PROTECCIÓN PARA LAS AVES "COLONIA DE CERNÍCALO PRIMILLA DE JEREZ DE LOS CABALLEROS" (CÓDIGO ES0000533) Y "COLONIAS DE CERNÍCALO PRIMILLA Y EL CACHÓN DE PLASENCIA" (CÓDIGO ES0000534).

La Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre Vínculo a legislación de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres establece en el artículo 4, apartado 1, la obligación de los Estados miembros de la Unión Europea de designar como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), los territorios más adecuados en número y en superficie para la conservación de las especies de aves relacionadas en su Anexo I.

Por su parte, la Ley 8/1998, de 26 de junio Vínculo a legislación, de Conservación de la Naturales y Espacios Naturales de Extremadura, en el artículo 56 bis dispone que la declaración de las Zonas de Especial Protección para las Aves se realizará mediante Decreto del Consejo de Gobierno dictado a propuestas de la Consejería competente en materia de medio ambiente.

En el presente decreto se declaran dos nuevas Zonas de Especial Protección para las Aves en Extremadura: la ZEPA “Colonia de cernícalo primilla de Jerez de los Caballeros” y la ZEPA “Colonias de cernícalo primilla y el Cachón de Plasencia” La ZEPA código ES0000533 “Colonia de cernícalo primilla de Jerez de los Caballeros” está situada en el casco urbano de Jerez de los Caballeros. Su declaración se justifica en las colonias de cernícalo primilla que nidifican en algunos de los monumentos de esta ciudad (la Iglesia de San Bartolomé, la Iglesia de Santa María de la Encarnación, la Iglesia de Santa Catalina y la Iglesia de San Miguel), llegándose a contabilizar una treintena de parejas.

La ZEPA código ES0000534 “Colonias de cernícalo primilla y el Cachón de Plasencia” está situada en el casco histórico de Plasencia, incluyendo el recinto intramuros y el Cuartel de la Constancia, actual Centro Universitario. La población de cernícalo primilla ha sido censada varias veces llegándose a contabilizar hasta 72 parejas.. Los nidos se concentran en dos núcleos bastante cercanos. El mayor, con alrededor del 65 % de los nidos, lo forman la Iglesia de San Vicente Ferrer y el anexo Palacio de Mirabel. El segundo núcleo, con un 30 % del total, lo forman las Catedrales y el Palacio Episcopal. Se han localizado, asimismo, nidos de cernícalo primilla en otros 18 edificios, aunque la mayoría de modo ocasional y sólo seis de ellos de modo continuado. Estos edificios son la Iglesia de San Vicente Ferrer, el Palacio de Mirabel, el Palacio Episcopal, la Catedral de Santa María, la Catedral Nueva, el Museo Etnográfico, el Auditorio Santa Ana, la Iglesia de San Francisco, una torre en la muralla de Plasencia, el Cuartel de la Constancia (Centro Universitario), la Casa de las dos Torres, la Iglesia de San Pedro, la Iglesia de San Nicolás, el Centro de Salud Luis de Toro, el Convento de la Encarnación y tres edificios de viviendas.

Otras aves reproductoras dentro de la ZEPA son grajilla, cuervo (una pareja en la Catedral Nueva), vencejos pálido y común, abubilla, avión roquero y común, golondrinas común y dáurica, gorrión común y chillón, colirrojo tizón y cernícalo vulgar. Asimismo, existe una colonia de vencejo real en el Puente de Trujillo sobre el río Jerte (45 ejemplares) y adyacente a éste, en el soto del río, se establece cada invierno un dormidero de ardeidas formado principalmente por garcilla bueyera (hasta 3.500 aves y medias recientes de 1.500 individuos), garceta común (70 aves) y ocasionalmente garceta grande, martinete y morito.

Por todo ello y de conformidad con el Estatuto de Autonomía de Extremadura, que atribuye, en su artículo 10.1.2. a la Comunidad Autónoma de Extremadura las competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de “medioambiente, protección de la flora y la fauna y la biodiversidad” a propuesta del Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Extremadura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 7 de abril de 2015, DISPONGO

Artículo 1. Declaración de la ZEPA “Colonias de Cernícalo primilla de Jerez de los Caballeros”.

Se declara la Zona de Espacial Protección para las Aves (código ES0000533) denominada “Colonia de cernícalo primilla de Jerez de los Caballeros”, cuya delimitación geográfica se recoge en el Anexo I del presente decreto.

Artículo 2. Declaración de la ZEPA “Colonias de Cernícalo primilla y el Cachón de Plasencia”.

Se declara la Zona de Espacial Protección para las Aves (código ES0000534) denominada “Colonias de cernícalo primilla y el Cachón de Plasencia”, cuya delimitación geográfica se recoge en el Anexo II del presente decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos

Omitidos.

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