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La Fiscalía recurre el archivo de la causa contra Imbroda en el TS por la contratación de un abogado

13/04/2015
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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado recurso de reforma subsidiario de apelación contra el archivo por el Tribunal Supremo de la causa abierta al presidente de la ciudad autónoma de Melilla, Juan José Imbroda, por presuntos delito de prevaricación administrativa al contratar a un abogado con fondos públicos en 2001.

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

Con este recurso, la Fiscalía mantiene la postura que adoptó desde el inicio de la causa, que fue favorable a la apertura de este procedimiento contra el dirigente popular el pasado mes de octubre.

En otro escrito anterior, en respuesta a la petición de archivo presentada por Imbroda, la Fiscalía ya insistía en la existencia de indicios "suficientes" para el esclarecimiento de unos hechos que, a juicio del Ministerio Público, presentan "apariencia delictiva", y que constituyen e "al menos" u"n delito de prevaricación, "sin descartar obviamente la existencia de otras infracciones penales", añadía.

El magistrado instructor de la causa, Francisco Monterde, acordó el archivo el pasado martes a la vista de las explicaciones dadas por el mandatario del PP el pasado 11 de marzo y de los informes que obran en la causa. Entiende que la contratación del letrado no surgió de Imbroda, sino de uno de los consejeros de la ciudad autónoma.

En su declaración ante el alto tribunal Imbroda negó haber incurrido en un delito de prevaricación administrativa al contratar a un abogado con fondos públicos en 2001 y rechazó que su imputación por este asunto le lleve a dimitir. "Tengo la conciencia tranquila y los bolsillos cristalinos, no tengo ningún tinglao raro", dijo.

El instructor consideró, tras analizar las pruebas existentes, que el contrato por el que el abogado cobró de la institución 395.000 euros hasta 2010 no puede atribuirse a Imbroda, que ya solicitó el sobreseimiento de la causa al juez Monterde el pasado 23 de marzo.

En su auto, Monterde explica que la iniciativa no partió de Imbroda y que existen que hay dudas interpretativas sobre la naturaleza del contrato que unía al letrado con la ciudad autónoma, y por tanto si era necesario o no tramitar el correspondiente procedimiento administrativo de contratación.

El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Melilla, en su exposición razonada elevada al Supremo contra Imbroda, destacó que el contrato era administrativo, que se obviaron para establecerlo los requisitos legales para llevarlo a cabo, y que el letrado fue contratado de manera directa por Imbroda.

Por su parte, el aforado sostenía que era un contrato de naturaleza civil de arrendamiento de servicios. El instructor indica que estos elementos impiden apreciar que hubo prevaricación en el caso, ya que para que se produzca este delito no es suficiente con que haya una contradicción con el Derecho en la actuación, sino que la misma sea injusta y arbitraria.

"En el presente supuesto no cabe apreciar una contradicción patente y grosera con el Derecho, basada en la omisión palmaria de los trámites procedimentales referidos a un contrato específico; en la medida en que se discute y existen discrepancias interpretativas sobre cuál era la naturaleza del contrato que se suscribió", señala el auto del alto tribunal.

FIRMÓ LO QUE INDICARON

Tampoco advertía el magistrado Monterde que concurra el elemento subjetivo de este tipo penal, que exige que la resolución se adoptase "a sabiendas".

En ese sentido, Imbroda señaló durante su declaración que no fue consciente de que estaba contratando un abogado cuando firmó en su favor un poder para pleitos, ya que se limitaba a rubricar las escrituras que le indicaban los servicios jurídicos.

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