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Complejo Hospitalario de Navarra

13/02/2015
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Orden Foral 2/2015, de 15 de enero, de la Consejera de Salud, por la que se crea el Servicio de Anatomía Patológica del Complejo Hospitalario de Navarra (BON de 12 de febrero de 2015). Texto completo.

ORDEN FORAL 2/2015, DE 15 DE ENERO, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LA QUE SE CREA EL SERVICIO DE ANATOMÍA PATOLÓGICA DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE NAVARRA.

El Decreto Foral 62/2012, de 18 de julio Vínculo a legislación, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, señala en el apartado III del Preámbulo que la estructura del organismo debe ir completándose en el campo asistencial mediante Decretos Forales y Órdenes Forales, que necesariamente deberán ser claros y orientados a los mismos objetivos que los Estatutos.

A su vez, el artículo 13.2 del referido Decreto Foral establece que los Servicios asistenciales y demás unidades orgánicas inferiores se establecerán por Orden Foral de la Consejera de Salud.

La Orden Foral 59/2010, de 18 de junio Vínculo a legislación, de la Consejera de Salud, adaptó la denominación de los Servicios, Secciones y Unidades que integran el Complejo Hospitalario de Navarra, hasta tanto se vayan unificando los procedentes de los Centros asistenciales del Servicio Navarro de Salud- Osasunbidea que han dado origen al mismo.

El Servicio de Anatomía Patológica del Hospital de Navarra y el Servicio de Anatomía Patológica del Hospital Virgen del Camino, respectivamente, se fueron formando y desarrollando progresivamente. En virtud de la creación del Complejo Hospitalario de Navarra, en el año 2010, y de la Orden Foral 59/2010, de 18 de junio Vínculo a legislación citada, estos Centros pasaron a denominarse A y B, respectivamente, del Complejo Hospitalario de Navarra.

En el momento actual, por la unificación, entre otros recursos, de los Servicios sanitarios señalados, procede crear un único Servicio de Anatomía Patológica, unificando las actividades, con una nueva organización, para que la atención a los ciudadanos resulte más eficiente y más eficaz.

En consecuencia, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y en virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 62/2012, de 18 de julio Vínculo a legislación, y en la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1. Creación del Servicio de Anatomía Patológica.

Se crea el Servicio de Anatomía Patológica del Complejo Hospitalario de Navarra, en el que se integran los recursos humanos y materiales procedentes del Servicio Anatomía Patológica del Hospital A y del Servicio de Anatomía Patológica del Hospital B en el Servicio de Anatomía Patológica del Complejo Hospitalario de Navarra.

Artículo 2. Funciones.

El Servicio de Anatomía Patológica del Complejo Hospitalario de Navarra, bajo la dependencia directa de la Subdirección de Servicios Médicos Centrales del Complejo Hospitalario de Navarra, desarrollará las funciones diagnósticas, de docencia, formación y de investigación que sean precisas en los campos científicos de la Anatomía Patológica.

Artículo 3. Estructura del Servicio de Anatomía Patológica.

1. El Servicio de Anatomía Patológica se estructura en las siguientes Secciones asistenciales:

a) Sección A.

b) Sección B.

c) Sección de Citología.

2. Los facultativos adscritos al Servicio de Anatomía Patológica desarrollarán las actividades asistenciales, docentes, formativas y de investigación correspondientes a la especialidad de Anatomía Patológica, bien en las Secciones señaladas en apartado anterior, bajo la dirección de su Jefe de Sección correspondiente, y sin perjuicio de su intervención en el ámbito de cualquiera otra de las Secciones cuando el Jefe de Servicio o las necesidades asistenciales lo requieran, o bien adscritos directamente al Servicio, desempeñando sus actividades bajo la dependencia del Jefe de Servicio.

Disposición adicional única.-Nombramientos anteriores.

El día anterior a la fecha de entrada en vigor de esta Orden Foral será el último de efectividad de los nombramientos de Jefes de Servicio y Jefes de Sección que se hubieran realizado al amparo de la normativa de estructura del Servicio de Anatomía Patológica del Hospital A y del Servicio de Anatomía Patológica del Hospital B, que se deroga.

Disposición derogatoria única.-Derogación.

1. Queda derogada la referencia al Servicio Anatomía Patológica regulada en la Orden Foral de 27 de abril Vínculo a legislación de 1992, de la Consejera de Salud, por la que se crean y suprimen unidades orgánicas y explicita la estructura orgánica del Hospital de Navarra.

2. Queda derogada la referencia al Servicio de Anatomía Patológica y a la Sección de Anatomía Patológica regulada en la Orden Foral de 27 de abril Vínculo a legislación de 1992, de la Consejera de Salud, por la que se crean y suprimen unidades orgánicas y se explicita la estructura orgánica del Hospital Virgen del Camino.

3. Queda derogada la referencia a la Sección de Citología regulada en la Orden Foral 72/2000, de 15 de marzo, del Consejero de Salud por la que se modifica la estructura orgánica de los Servicios Centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, Dirección de Asistencia Especializada y Dirección de Atención Primaria y Salud Mental, Hospital de Navarra, Hospital Virgen del Camino y Área de Salud de Estella/Lizarra.

3. Queda derogada igualmente cualquier otra normativa de igual o inferior rango que se oponga a lo dispuesto en esta Orden Foral.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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