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TSJA

Condenan al patrón de 'Nuevo Pepita' al recargo del 50% de las pensiones de las viudas de 4 marineros

12/01/2015
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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado el recurso de suplicación formulado por las viudas de cuatro marineros fallecidos en el naufragio del 'Nuevo Pepita Aurora' el 5 de septiembre de 2007, condenando al patrón del mismo, J.V., y a la sociedad Nuevo Pepita Aurora, S.L. al recargo del 50 por ciento de las pensiones de viudedad y orfandad de las demandantes y sus hijos.

CÁDIZ, 9 (EUROPA PRESS)

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y que adelanta este viernes el Grupo Joly, estima el recurso y revoca en parte la sentencia dictada en septiembre de 2011 por el Juzgado de lo Social número 3 de Cádiz en lo que respecta a la responsabilidad empresarial.

Las prestaciones por viudedad que han venido cobrando las demandantes de la Seguridad Social oscilan entre los 527 y los 753 euros, y las de los seis huérfanos entre los 170 y los 206 euros mensuales.

Las demandantes presentaron en septiembre de 2009 solicitud para que se iniciara un procedimiento de recargo por responsabilidad empresarial, emitiendo resolución en abril de 2010 la Dirección Provincial de Cádiz de la Seguridad Social que declaraba la inexistencia de responsabilidad empresarial al no haberse incoado procedimiento administrativo sancionador.

Posteriormente, formularon una reclamación previa que fue nuevamente desestimada, interponiéndose un recurso de suplicación ahora estimado. En dicho recurso, se argumenta que "existe responsabilidad solidaria del propietario del barco respecto de las obligaciones impuestas con los trabajadores que se ocupen en el centro de trabajo de la empresa principal", que en este caso sería el barco.

A esto, añaden que "la sociedad Nuevo Pepita Aurora, S.L. es una envoltura formal realizada por el propietario del barco --que sostienen que es J.V.-- para evitar responsabilidades legales, habiendo sido creada en fraude de ley". Por ello, entienden que se hace extensiva la responsabilidad solidaria al patrón, que "debe asumir los riesgos inherentes al ejercicio de la navegación".

La Sala de los Social del TSJA estima el recurso y condena a la mercantil y a J.V. al recargo del 50 por ciento de las prestaciones, manteniendo el resto de pronunciamientos de la sentencia recurrida.

Contra este fallo, que tiene fecha del pasado 11 de diciembre, cabe recurso de casación en los diez días hábiles siguientes a su notificación. No obstante, el abogado de J.V. ha indicado a Europa Press que no ha sido recurrido.

Cabe recordar que el 'Nuevo Pepita Aurora' naufragó cuando regresaba de faenar en aguas de Larache (Marruecos) con una tripulación de 16 personas, siendo el balance de ocho supervivientes y ocho fallecidos, no habiendo sido aún recuperados los cuerpos de cuatro de ellos.

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