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El Supremo rechaza un recurso contra la denegación de indulto de un sindicalista condenado a cárcel por hacer de piquete

26/11/2014
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Cree que "se respetaron escrupulosamente los aspectos formales del expediente de indulto" y no tiene control jurisdiccional para indultar

VIGO, 25 (EUROPA PRESS)

La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por Serafín Rodríguez, uno de los sindicalistas condenados a tres años de cárcel por participar en Vigo en un piquete informativo durante la huelga del transporte de 2008, al concluir que en la tramitación de su indulto "se respetaron escrupulosamente los aspectos formales del expediente".

Tal y como señala el tribunal, este es "el único aspecto" sobre el que puede extender su control jurisdiccional, ya que no puede hacerlo sobre "el núcleo esencial de la gracia", es decir, sobre la decisión misma de indultar o no indultar, ni sobre la valoración del contenido de los informes reglados a los que se refiere la legislación en materia de indulto.

Así consta en la sentencia que ha emitido la Sala a raíz del recurso planteado por Serafín Rodríguez después de que en diciembre de 2013 el Consejo de Ministros le denegase el indulto que solicitó tras ser condenado en 2011 por un Juzgado de Vigo a tres años de cárcel y una multa de cinco euros al día durante 12 meses.

El sindicalista fue condenado por un delito contra los derechos de los trabajadores por acciones cometidas en la huelga del sector transporte de abril de 2008, cuando, según la sentencia, "con la intención de impedir el legítimo derecho al trabajo de otros trabajadores, en unión de otras personas, les impidió el paso, lanzando objetos y piedras que causaron daños en camiones".

PETICIÓN DE INDULTO

En 2012, la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra confirmó la condena y, a pesar de aplicársele la atenuante de haber reparado los efectos del daño causado, en 2013 el Ministerio Fiscal y la juez sentenciadora informaron desfavorablemente a la concesión del indulto.

Asimismo, en relación a ello, el Supremo señala que, aunque dos perjudicados por las acciones cometidas durante la huelga fueron favorables a la concesión del indulto, esta posición era "conocida tanto por el fiscal como por la juez como por el Gobierno de la Nación", a pesar de lo que emitieron informes desfavorables.

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