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El TS confirma la pena de 127 años de cárcel para el celador de Olot (Girona)

13/10/2014
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Califica de "incoherentes y contradictorios" los argumentos de su recurso

GIRONA, 10 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 127 años de cárcel impuestas por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) al celador de Olot (Girona) Joan Vila Dilmé por el asesinato en 2010 de 11 ancianos del geriátrico donde trabajaba.

La sala II confirma las sentencias dictadas por un tribunal del jurado del TSJC y de la Audicencia de Girona, según el escrito del TS recogido por Europa Press.

El magistrado Alberto Jorge Barreiro rechaza el recurso del celador en que argumentaba que no había pruebas suficientes para acreditar que la muerte de ocho de los once ancianos se debiera a las elevadas dosis de las sustancias tóxicas --psicofármacos, insulina y ácido cáustico-- que, ante la policía, el juez instructor y el juicio oral, confesó haber suministrado.

El magistrado destaca que su abogado llegó a reconocer, en el juicio inicial, la autoría de los once asesinatos, pero pidió la eximente completa de trastorno psíquico.

Después de la condena, ya sólo admitió tres asesinatos y su recurso se basó en la vulneración de la presunción de inocencia por los otros ocho, al entender que no basta su confesión para probar el delito.

Según la sentencia, Vila incurre en contradicción e incoherencia, ya que confiesa haber suministrado los productos tóxicos a los ancianos y luego sostiene que pudieron haber fallecido por causas ajenas a su conducta, ya que, en opinión del celador, las autopsias no fueron concluyentes.

Para el magistrado, el celador "se adentra en una línea argumental notablemente irreal e inverosímil, al apuntar hacia la posibilidad de que, al margen de su conducta homicida, concurriera la de otra persona que, sin estar de acuerdo con él y por su propia cuenta, perpetrara también esta clase de actos homicidas con respecto a otros ancianos diferentes a los tres que él admite haber asesinado".

El escrito del TS matiza que, cuando existe cuerpo del delito --como es el caso--, la confesión por sí misma puede ser prueba suficiente de la autoría.

Además considera que, de no haber confesado, hubo datos complementarios suficientes --testimonios y autopsias, que se citan en la sentencia-- que corroboraron su confesión de los crímenes.

La sentencia confirmada condena además a Vila al pago de indemnizaciones por un total de 369.000 euros a los familiares de las víctimas, y establece en 40 años de cárcel el límite de cumplimiento efectivo.

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