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Normativa sobre el procedimiento de elaboración y aprobación de propuestas de másteres universitarios

10/10/2014
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Resolución de 26 de septiembre de 2014, de la Vicerrectora de Estudios de Posgrado y Relaciones Internacionales de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se modifica la normativa sobre el procedimiento de elaboración y aprobación de propuestas de másteres universitarios (oficiales) (BOPV de 9 de octubre de 2014). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2014, DE LA VICERRECTORA DE ESTUDIOS DE POSGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR LA QUE SE MODIFICA LA NORMATIVA SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE PROPUESTAS DE MÁSTERES UNIVERSITARIOS (OFICIALES).

El Vicerrectorado de Estudios de Posgrado y Relaciones Internacionales, en el ejercicio de sus competencias, debe establecer normas y procedimientos para tramitar las tareas correspondientes al área de gestión de estudios de postgrado.

En el área de estudios de postgrado es la Normativa sobre el procedimiento de elaboración y aprobación de propuestas de másteres universitarios (oficiales), la que sirve de marco de actuación a centros, departamentos e institutos universitarios de la Universidad, como órganos proponentes, para presentar nuevas propuestas de másteres o modificaciones de los ya existentes.

Con fecha 21 de septiembre de 2010, se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Resolución de 3 de agosto de 2010, de la Vicerrectora de Ordenación Académica de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se procedió a la publicación de la citada normativa.

En la disposición final quinta de dicha normativa se dispone que, “El Vicerrectorado de Ordenación Académica establecerá el calendario para la presentación y tramitación de las propuestas para cada curso académico y lo publicará en la página web de la Universidad....”

Posteriormente, con fecha 19 de noviembre de 2013, se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Resolución de 28 de octubre de 2013, de la Vicerrectora de Estudios de Postgrado y Relaciones Internacionales, por la que se modificó dicha normativa, incluyendo una disposición adicional que limitaba la presentación de nuevas propuestas o modificaciones de másteres a aquellas “que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas y aquellas propuestas que supongan modificaciones conducentes a la integración entre másteres ya existentes. En consecuencia, la Comisión de Postgrado no admitirá el resto de propuestas de nuevas titulaciones y de modificación de las ya existentes”.

Con fecha 14 de noviembre de 2013, la Vicerrectora de Estudios de Posgrado y Relaciones Internacionales presentó al Consejo de Gobierno de la Universidad el documento sobre el “Mapa de posicionamiento de los Estudios de Postgrado de la UPV/EHU” en el que se realizó un diagnóstico de la situación de la oferta de postgrado en los distintos ámbitos del conocimiento. En el marco de dicho estudio se examinaron 105 titulaciones de másteres universitarios oficiales, 65 programas de doctorado y 50 títulos propios de postgrado con el objetivo de elaborar el Plan Estratégico de los Estudios de Postgrado.

Con fecha de 5 de junio de 2014, el Vicerrectorado de Estudios de Posgrado y Relaciones Internacionales presentó al Consejo de Gobierno el Plan Estratégico de los Estudios de Posgrado, que fue aprobado por dicho órgano el 10 de julio de 2014. En este contexto, se estima necesario limitar la tramitación de nuevas propuestas o modificaciones de másteres universitarios a lo estrictamente viable con recursos de profesorado de la Universidad y siempre que sean consideradas de interés estratégico por la Universidad para alcanzar los objetivos del citado plan.

Por todo ello, teniendo en cuenta que en la Normativa sobre el procedimiento de elaboración y aprobación de propuestas de másteres universitarios (oficiales), en su disposición final segunda regula que “La Subcomisión de Doctorado aprobará, a propuesta del Vicerrector o Vicerrectora de Ordenación Académica, los procedimientos que garanticen la calidad de las enseñanzas de másteres universitarios (oficiales), tanto en su elaboración, como en el proceso de evaluación, seguimiento y acreditación. Así mismo, establecerá cuantas disposiciones de carácter administrativo-académico estime necesarias”.

Con fecha de 13 de septiembre de 2013 se reunió y constituyó la Comisión de Posgrado que entre otras, tiene atribuidas las competencias para proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de los objetivos de las enseñanzas de postgrado, en el marco de la planificación estratégica general, así como sus normativas de ordenación y gestión académica, de acuerdo con lo establecido en su reglamento, aprobado por el Consejo de Gobierno el 27 de septiembre de 2012 (BOPV 29-10-12).

Por todo ello, teniendo en cuenta las competencias atribuidas por Resolución de 30 de enero de 2013, del Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno y de delegación de competencias, se presenta esta propuesta al Consejo de Gobierno para su aprobación, previo informe favorable de la Comisión de Postgrado de fecha 12 de septiembre de 2014.

RESUELVO:

Primero.- Se modifica la Normativa sobre el procedimiento de elaboración y aprobación de propuestas de másteres universitarios (oficiales), en los siguientes términos:

Uno.- Se renumera la Disposición Adicional que pasa a ser la Disposición Adicional Primera.

Dos.- Se incluye una Disposición Adicional Segunda con la siguiente redacción:

“Para su impartición en el curso académico 2016-2017 y siguientes, sólo se tramitarán propuestas de nuevas titulaciones de máster universitario que conduzcan al ejercicio de profesiones reguladas y aquellas propuestas que cumplan, al menos, con uno de los siguientes supuestos:

a) Propuestas de integración entre másteres ya existentes y organizados por la UPV/EHU para estructurarlos, principalmente, en 120 ECTS.

b) Modificación de la modalidad de impartición de másteres ya existentes de “presencial” a “semipresencial” o “a distancia”, siempre que no supongan aumento de la carga docente en créditos.

c) Nuevas propuestas o modificaciones de másteres en los que la UPV/EHU haya concurrido como universidad coordinadora o participante en una convocatoria de la Comisión Europea y que hayan sido distinguidos con una mención Erasmus + u otra equivalente otorgada por la Comisión Europea.

d) Nuevas propuestas o modificaciones de másteres ya existentes en la UPV/EHU para impartir dobles titulaciones o titulaciones de organización conjunta con universidades del entorno, principalmente U. de Bordeaux o U. de Pau et des Pays de l´Adour o con otras universidades extranjeras en áreas de interés estratégico.

e) Modificaciones de másteres que disminuyan el número de asignaturas optativas, especialidades e itinerarios, siempre que reduzcan la oferta total en créditos y no supongan aumento del encargo docente.

Todas las propuestas que se presenten serán analizadas y, en su caso, serán aprobadas por los órganos competentes, teniendo en cuenta la oferta global de enseñanzas y las directrices establecidas en el Plan Estratégico de los Estudios de Postgrado de la UPV/EHU. Así mismo, deberán contar con el informe favorable previo del Vicerrectorado de Profesorado para su tramitación.”

Segundo.- Proceder a la publicación de esta modificación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Anexos

Omitidos.

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