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El TS confirma la absolución del ginecólogo Santiago Dexeus por injuriar a la clínica que lleva su nombre

07/10/2014
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El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución del ginecólogo Santiago Dexeus dictada en 2012 por la Audiencia Provincial de Barcelona, una decisión que contradijo lo señalado anteriormente por un juzgado de lo Mercantil que le había condenado a pagar 832.545 euros por injurias al Consultorio Dexeus, tras su jubilación forzosa del centro, y por abrir una consulta como ginecólogo independiente.

MADRID, 6 (EUROPA PRESS)

El alto tribunal rechaza todos los motivos expuestos por el Consultorio y le impone expresamente las costas de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación presentados, así como la pérdida de los depósitos constituidos.

En estos recursos, la clínica había acusado a la Audiencia de Barcelona de posicionarse a favor del ginecólogo, empalizando con su personalidad y con su "enojo", lo que le impidió alcanzar "la necesaria independencia intelectual para enjuiciar el litigio, para lo que ha partido de una idea preconcebida anímicamente de la orientación del fallo".

Para el Supremo, sin embargo, la acusación de parcialidad que el Consultorio hace al tribunal de instancia es "simple consecuencia de la parcialidad de su posición", aunque lo que no parece tan razonable es que sus abogados proyecten este rasgo en el debate procesal acusando "injustificadamente" de parcialidad al tribunal que no ha atendido sus pretensiones.

Añade que los criterios legales empleados por la Audiencia de Barcelona son correctos "y la ponderación realizada no puede ser tachada de irrazonable o arbitraria, por más que pueda ser discutida".

El Consultorio Dexeus acusó al ginecólogo de acciones de competencia desleal por enviar cartas a mujeres para informarles de su marcha del centro, después de que este acusara a su vez al mismo de gestionar su marcha forzosa de forma "insultante" entre sus pacientes.

En julio del 2009, la Audiencia de Barcelona condenó al ginecólogo Santiago Dexeus a transmitir su participación del 24% en Consultorio Dexeus a favor de sus socios, a la vez que permitió a estos seguir utilizando su nombre para el centro.

La sentencia consideraba legal la expulsión de la sociedad del ginecólogo, decidida por el resto de socios, ratificando así el laudo dictado por la decana del Col·legi d'Advocats de Barcelona, Silvia Giménez-Salinas, el 16 de junio del 2008.

Así, el ginecólogo tuvo que transmitir en dos meses las acciones del consultorio a la sociedad o al resto de socios, que son Pere Barri --controla un 21% de la sociedad-- Josep Mallofré, Ramón Labastida y Rafael Fàbrega --controlan el resto--.

En concepto de sus acciones, Dexeus --de 73 años entonces-- debía recibir 234.816,40 euros, al margen del importe íntegro que la sociedad tiene que entregar a Dexeus por ser jubilado forzosamente por el resto de socios en diciembre, de acuerdo con los estatutos.

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